Capítulo 32. La ordenanza tipo de la FAMP: una oportunidad para los ayuntamientos que nunca llegó a consolidarse.
Tras la clausura del Grupo de Trabajo GT-53, el autocaravanismo en España disponía, por primera vez, de un marco técnico claro. La Instrucción 08/V-74 y el Manual de Movilidad en Autocaravana habían fijado criterios interpretativos sólidos sobre circulación, parada y estacionamiento.
Sin embargo, el verdadero escenario donde estos principios debían aplicarse no era el estatal, sino el municipal.
Era en los ayuntamientos donde, en la práctica, se decidía si una autocaravana podía o no estacionar con normalidad.
La participación municipal en el GT-53.
Durante los trabajos del GT-53 no solo estuvieron presentes la DGT y representantes del colectivo autocaravanista. También participó la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), a través de un representante de la FAMP (Federación Andaluza de Municipios y Provincias).
Al igual que el resto de los participantes, la FAMP se nutrió de los documentos y de la experiencia aportada por los propios autocaravanistas. El desconocimiento de la administración pública sobre la actividad que se estaba tratando era, en aquel momento, prácticamente total.
Este hecho no es menor, porque pone de manifiesto que buena parte del conocimiento que permitió avanzar en el GT-53 procedía directamente del propio colectivo.
Aquella participación tenía, por tanto, una importancia estratégica: era la puerta de entrada del mundo municipal a un debate que, hasta entonces, había estado marcado por la dispersión normativa y la falta de criterios homogéneos.
Y, como resultado directo de esa participación, surgió un documento que hoy sigue siendo, en gran medida, desconocido:
un modelo de ordenanza municipal tipo para la regulación de las autocaravanas.
Un documento nacido del consenso.
La ordenanza tipo de la FAMP no fue una iniciativa improvisada ni aislada. Fue, en realidad, la traducción al ámbito local de las conclusiones alcanzadas en el GT-53.
Su propia exposición de motivos lo deja claro: reconoce el crecimiento del autocaravanismo en Europa, admite la insuficiencia de la normativa existente y, sobre todo, se apoya expresamente en los trabajos del GT-53 y en la Instrucción 08/V-74.
Esto la convierte en algo más que un modelo técnico:
era la herramienta para alinear a los ayuntamientos con el criterio del Estado.
Regular sin prohibir: el verdadero espíritu del documento.
Uno de los grandes aciertos del texto es su enfoque.
Frente a la tendencia de muchos municipios a responder con prohibiciones, la ordenanza propone un modelo basado en tres pilares:
- seguridad jurídica
- ordenación del espacio público
- aprovechamiento económico del autocaravanismo
Este último elemento resulta especialmente significativo. Por primera vez desde el ámbito municipal se reconoce de forma expresa que el autocaravanismo no es un problema, sino una oportunidad.
El núcleo jurídico: qué es estacionar.
Como no podía ser de otra forma, el documento incorpora el criterio esencial del GT-53: la correcta definición del estacionamiento.
Se establece que una autocaravana está estacionada cuando:
- no excede su perímetro
- no despliega elementos exteriores
- no vierte residuos
- no genera molestias al entorno
Y añade una precisión fundamental:
la presencia de personas en el interior no altera la condición de estacionamiento.
Este punto, aparentemente sencillo, es el que durante años ha sido ignorado o reinterpretado por muchas ordenanzas municipales.
El reconocimiento del derecho a estacionar.
el derecho de las autocaravanas a estacionar en el municipio conforme a la normativa de tráfico.
Este reconocimiento no limita la capacidad de regulación municipal, pero sí establece un marco claro:
los ayuntamientos pueden ordenar, pero no excluir arbitrariamente.
Ordenar el uso, no expulsar al usuario.
La ordenanza propone soluciones prácticas y equilibradas:
- creación de zonas específicas
- limitaciones temporales (como la rotación de 72 horas)
- regulación de comportamientos
- desarrollo de infraestructuras específicas
Además, introduce una clasificación clara:
- zonas de estacionamiento
- puntos de reciclaje
- áreas de servicio
Con ello, el documento no solo regula, sino que también planifica.
Un documento técnicamente sólido… y olvidado.
Y, sin embargo, pese a su calidad técnica y a su origen institucional, esta ordenanza tipo no tuvo la difusión ni la implantación que cabría esperar.
- No se impulsó de forma decidida desde las estructuras municipales
- No se realizó un seguimiento de su aplicación
- No se generó una cultura administrativa basada en sus principios
- Tampoco desde el propio colectivo se supo poner en valor en la medida que merecía
Y lo más llamativo:
no existe un análisis claro sobre cuántos ayuntamientos la adoptaron ni con qué resultados.
Una oportunidad perdida para el modelo español.
Con el paso del tiempo, resulta evidente que este documento representaba una oportunidad única:
- permitía armonizar criterios
- evitaba conflictos jurídicos
- ofrecía seguridad tanto a usuarios como a administraciones
- facilitaba el desarrollo ordenado del autocaravanismo
Sin embargo, al no consolidarse, el problema de fondo permaneció intacto:
la disparidad normativa entre municipios.
Reflexión desde la experiencia.
Para quienes participamos en aquel proceso, este documento tenía un valor especial. No era solo un texto técnico, sino el resultado de un esfuerzo colectivo por dotar de coherencia al sistema.
Sabíamos que el problema del autocaravanismo en España no estaba en la circulación, sino en el estacionamiento y, más concretamente, en su regulación local.
La ordenanza tipo ofrecía una solución viable.
Pero, como ha ocurrido en otras ocasiones, disponer de la herramienta no garantizó su uso.
Conclusión.
La ordenanza tipo de la FAMP es, probablemente, uno de los documentos más relevantes —y menos conocidos— del proceso iniciado con la moción del Senado de 2006.
Representa el intento más serio de trasladar el consenso técnico al ámbito donde realmente se producen los conflictos: el municipal.
Su escasa implantación no resta valor a su contenido. Al contrario, refuerza una idea que atraviesa toda esta historia:

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