martes, 13 de octubre de 2026

Cuando llevamos el autocaravanismo a los ministerios: una reivindicación que sigue pendiente.

 

Punto ecológico de servicio para autocaravanas en la autovía A-8, área de descanso de Jesús del Monte (Cantabria).

Cuando comenzamos a trabajar en las primeras reivindicaciones del autocaravanismo en España, a principios de este siglo, teníamos ante nosotros problemas que hoy pueden resultar difíciles de comprender para quienes se han incorporado recientemente a esta forma de viajar.

No se trataba únicamente de encontrar lugares donde estacionar nuestras autocaravanas. Existía otra necesidad, tan importante como aquella y estrechamente relacionada con la propia naturaleza de nuestros vehículos: disponer de instalaciones donde abastecernos de agua potable y evacuar correctamente las aguas grises y negras.

Quienes llevábamos años viajando por Europa conocíamos la importancia de estos servicios. En Francia, en la ruta desde Hendaya hacia París, o en Italia, entre Ventimiglia y Génova, encontrábamos con frecuencia puntos ecológicos en las áreas de servicio y descanso de las autopistas.

Aquellas instalaciones permitían resolver las necesidades del vehículo durante el desplazamiento, sin depender necesariamente de un camping o de un área específica de estacionamiento. Instalaciones a veces gestionadas por las típicas máquinas "Euro-Relais" de pago o gratuitas.

Era un modelo que considerábamos necesario trasladar a España.

De las primeras reivindicaciones a los ministerios

Durante los trabajos que desembocaron en la iniciativa parlamentaria presentada en el Senado en 2006, tuvimos ocasión de realizar diversas gestiones institucionales con la colaboración de Ana María Chacón.

Comprendíamos que los problemas del autocaravanismo afectaban a distintas competencias administrativas y que no podían resolverse exclusivamente desde la regulación del tráfico.

Por eso acudimos a los ministerios de Fomento, Medio Ambiente e Interior.

Cada uno tenía responsabilidades diferentes, pero relacionadas con las necesidades de nuestros vehículos.

En Interior, a través de la Dirección General de Tráfico, se encontraban las cuestiones relativas a la circulación y el estacionamiento.

En Fomento, las infraestructuras de las carreteras estatales y la incorporación de instalaciones específicas para autocaravanas en las futuras áreas de servicio y descanso.

Y en Medio Ambiente, la necesidad de facilitar una gestión adecuada de las aguas residuales que generan nuestros vehículos.

Aquellas preocupaciones quedaron reflejadas en la moción presentada en mayo de 2006 por el Grupo Parlamentario Socialista ante el Senado.

Su punto cuarto planteaba que se tuvieran en cuenta las necesidades de las autocaravanas en los anteproyectos de las futuras áreas de servicio del Estado, incorporando instalaciones específicas siempre que fueran técnicamente viables.

Además, proponía modificar la norma 8.1-IC de señalización vertical para incluir una nueva señalización destinada a estos servicios.

Es importante recordar este detalle porque demuestra que nuestra reivindicación no se limitaba al estacionamiento ni a la creación de áreas municipales. También pretendíamos actuar sobre las infraestructuras de las carreteras del Estado y su señalización.

La protección ambiental: nuestras gestiones con el departamento de Cristina Narbona

Recuerdo especialmente nuestra reunión con el departamento de Cristina Narbona, entonces ministra de Medio Ambiente.

El argumento que trasladamos era sencillo.

Las autocaravanas como vehículo homologado por el Estado disponen de depósitos destinados a recoger las aguas residuales. Es una característica que permite viajar con autonomía y evitar vertidos al entorno.

Pero esos depósitos tienen una capacidad limitada y necesitan vaciarse periódicamente en instalaciones adecuadas.

Por tanto, si queremos una actividad respetuosa con el medio ambiente, no basta con exigir que los usuarios no realicen vertidos indebidos. También es necesario facilitar lugares donde puedan gestionar correctamente esos residuos.

La protección ambiental debe contemplar tanto las obligaciones de los ciudadanos como las infraestructuras que les permiten cumplirlas proporcionadas por el Estado.

Aquella era una de las razones por las que considerábamos tan importante disponer de puntos ecológicos en las vías de comunicación y en los lugares de visita.

Fomento y la responsabilidad de adaptar las infraestructuras

Otra reunión que recuerdo especialmente fue la mantenida con Ricardo Díaz Zoido, entonces director del Gabinete de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, en el Ministerio de Fomento.

De aquella conversación conservo una reflexión que me pareció especialmente significativa.

Si el Estado reconoce y homologa vehículos concebidos para viajar, dotados de instalaciones de habitabilidad y depósitos de agua limpia y residual, resulta razonable que sus necesidades sean tenidas en cuenta al planificar las infraestructuras de las carreteras.

No se trataba de reclamar un privilegio para las autocaravanas, ni de exigir un lugar reservado para estacionar en cada población.

Lo que solicitábamos era algo mucho más concreto: que las áreas de servicio y descanso de las principales vías de comunicación incorporasen instalaciones para abastecerse de agua y evacuar los residuos.

Del mismo modo que las carreteras cuentan con instalaciones destinadas a atender otras necesidades de los vehículos y de sus ocupantes, entendíamos que también debían contemplarse las particularidades de las autocaravanas.

Cuando aquella reivindicación apareció en los documentos de Fomento

Con el paso de los años he conservado algunos documentos que hoy permiten comprobar que estas necesidades llegaron a ser contempladas por el Ministerio de Fomento.

Entre ellos se encuentran una nota oficial de 2008 y varios pliegos de contratación de 2010, correspondientes a distintas áreas de servicio de las autovías españolas.

En abril de 2008, la nota oficial sobre la licitación del área de servicio de Liendo, en la autovía A-8, incluía entre las instalaciones posibles las facilidades para autocaravanas.

Posteriormente, en abril de 2010, los pliegos de Muñogrande, Padul y Villaprovedo también contemplaban esa posibilidad.

Conviene precisar que aquellas instalaciones figuraban como servicios opcionales y no como una obligación general para los adjudicatarios.

Tampoco podemos afirmar documentalmente que su inclusión fuera consecuencia directa de nuestras reuniones ministeriales.

Pero sí podemos constatar que, en los años posteriores a nuestras reuniones, algo comenzó a moverse en Fomento. Una necesidad que habíamos trasladado a sus responsables aparecía contemplada en la documentación de determinadas áreas de servicio de las autovías.

Y eso, desde la perspectiva de quienes habíamos iniciado aquellas gestiones, tenía indudable interés.

Lo que finalmente se ejecutó

La realidad, sin embargo, fue distinta de lo que aquellas previsiones podían hacernos esperar.

Según la información que me facilitó en aquellos años Roberto Villegas Gómez, entonces jefe de Proyectos de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, varios de aquellos proyectos quedaron paralizados en el contexto de la crisis económica iniciada en 2008.

Recuerdo particularmente los casos de Cieza y Cabezón de la Sal, donde inicialmente se habían contemplado instalaciones de pesaje.

En Cieza, finalmente, no llegó a ejecutarse la actuación prevista.

En cambio, en La Encrucijada, en Cabezón de la Sal, se construyó un área de descanso que incorporó servicios para autocaravanas y que continúa prestando esa función.

Punto ecológico de servicio para autocaravanas en la autovía A-8, área de descanso de la encrucijada, Cabezón de la Sal (Cantabria).

Junto con el punto de servicio de Jesús del Monte, constituye una infraestructura de gran utilidad para las numerosas autocaravanas que circulan por la autovía A-8 a su paso por Cantabria.

No tengo constancia de que existan otras instalaciones similares en las áreas de descanso de las autovías españolas.

Son instalaciones que demuestran que los servicios para autocaravanas, al igual que sucede desde hace años en numerosas áreas de descanso y servicio de Francia e Italia, pueden integrarse en las vías de comunicación y atender las necesidades de numerosos viajeros sin necesidad de vincularlos a recintos exclusivos de estacionamiento.

Una reflexión sobre nuestros propios errores

Con la perspectiva que me proporcionan más de veinte años de experiencia, creo que también debemos reconocer lo que pudimos haber hecho mejor.

En aquellos primeros años trabajamos intensamente para conseguir el reconocimiento de la autocaravana como vehículo y defender sus condiciones de estacionamiento.

También impulsamos la creación de áreas municipales, porque en muchos lugares apenas existían instalaciones donde realizar las operaciones de abastecimiento y evacuación de residuos.

Sin embargo, quizás cometimos un error al vincular demasiado estrechamente ambas cuestiones: los servicios y el estacionamiento.

Y posiblemente cometimos otro al concentrar buena parte de nuestro trabajo posterior en el grupo constituido en la Dirección General de Tráfico.

El GT-53 permitió abordar problemas importantes relacionados con la movilidad y la normativa de circulación. No pretendo restar valor a aquel trabajo.

Pero hoy considero que las reivindicaciones relativas a las infraestructuras y al medio ambiente necesitaban mantener sus propias líneas de actuación ante los ministerios competentes.

Quizás debimos realizar un seguimiento más continuado de las iniciativas que habían comenzado a aparecer en Fomento, especialmente de la incorporación de servicios para autocaravanas a los proyectos de áreas de descanso y servicio.

Tampoco podemos olvidar que la falta de unidad, de una implicación continuada y sobre todo de visión de nuestro propio colectivo pudo contribuir a que aquellas iniciativas no tuvieran el seguimiento que merecían.

No sabemos qué resultados habría tenido ese seguimiento.

Lo que sí sabemos es que aquella necesidad no desapareció.

Servicios y estacionamiento: dos necesidades diferentes

Una de las principales actividades del autocaravanismo es viajar.

Y para viajar de manera autónoma, responsable y respetuosa con el medio ambiente necesitamos una red suficiente de puntos ecológicos donde abastecernos de agua y evacuar los residuos.

Esos servicios pueden encontrarse en áreas municipales, instalaciones privadas, estaciones de servicio o áreas de descanso de las carreteras.

No tienen por qué estar necesariamente asociados a un aparcamiento exclusivo para autocaravanas.

Una cosa es disponer de los servicios que necesita el vehículo durante el viaje y otra diferente es determinar dónde puede estacionar conforme a la normativa aplicable.

Ambas necesidades pueden complementarse, pero no deberían confundirse.

Durante estos años hemos dedicado buena parte de nuestros esfuerzos a defender el derecho al estacionamiento y a promover la creación de áreas específicas.

Sin embargo, considero que hemos prestado menos atención de la necesaria al desarrollo de una red de puntos ecológicos en las principales vías de comunicación.

Desconozco si las actuales organizaciones autocaravanistas están realizando gestiones concretas ante los organismos responsables de las carreteras para recuperar esta reivindicación.

Pero creo que sería una línea de trabajo especialmente útil.

Una reivindicación que merece continuidad

Cuando recuerdo aquellas gestiones con Ana María Chacón ante los ministerios de Fomento, Medio Ambiente e Interior, no lo hago para reivindicar protagonismos ni atribuirnos resultados que no podamos demostrar.

Lo hago porque forman parte de la historia de nuestro autocaravanismo y porque algunas de las necesidades que entonces planteábamos siguen existiendo.

Aquellos contactos, las iniciativas parlamentarias y los documentos administrativos que hoy podemos recuperar muestran que se abrió una vía de trabajo que no llegó a desarrollarse plenamente.

Tal vez ha llegado el momento de volver a prestarle atención.

No se trata de abandonar la defensa del estacionamiento ni de cuestionar la utilidad de las áreas municipales o privadas.

Se trata de recordar que el autocaravanismo es, fundamentalmente, una actividad itinerante y que sus infraestructuras deben responder también a esa realidad.

Porque defender la libertad de viajar en autocaravana significa también procurar que existan las condiciones necesarias para hacerlo de manera responsable.

Y los puntos ecológicos en nuestras carreteras siguen siendo, a mi entender, una de esas condiciones fundamentales.


Documentación histórica

Moción presentada ante el Senado, mayo de 2006.

Consultar el documento original de la moción del Senado de 2006.

Documento que recoge las propuestas de regulación, protección ambiental, incorporación de instalaciones en las futuras áreas de servicio y modificación de la norma 8.1-IC de señalización vertical.

Ministerio de Fomento. Documentación sobre áreas de servicio:

Estos documentos permiten conocer el contenido de las propuestas y las previsiones administrativas posteriores, aunque no acreditan por sí solos que todas las instalaciones llegaran a ejecutarse.

Pedro Ansorena Antón.



domingo, 11 de octubre de 2026

Cuando una reivindicación para facilitar la movilidad termina convirtiéndose, en algunos municipios, en una forma de limitarla.

 

¿En qué momento la necesidad de los servicios, con nuestra reclamación para la creación de áreas, se puede convertir en nuestra pérdida de libertad?

En el artículo «Veintitrés años después: volver a leer lo que escribíamos cuando nacieron las primeras áreas», recuperaba algunas reflexiones y documentos de los primeros años del autocaravanismo organizado en España.

Releer aquellos textos me ha llevado a pensar en cómo han evolucionado algunas reivindicaciones y, especialmente, en el significado que hoy se atribuye a las áreas de autocaravanas.

Porque no es igual reivindicar áreas para facilitar el autocaravanismo que aceptar que su existencia sirva para restringir el estacionamiento en el resto de un municipio.

Cuando el camping parecía la única alternativa

A comienzos de los años 2000, cuando acudíamos a un ayuntamiento para plantear la creación de un área de servicio, era frecuente que nos respondieran que para eso ya estaban los campings.

El autocaravanismo tenía entonces una presencia limitada en España y muchos responsables municipales identificaban cualquier vehículo equipado para habitar con una modalidad de acampada.

Nuestra tarea consistía en explicar la diferencia.

Una autocaravana es un vehículo homologado para circular y equipado con una zona habitable. Puede viajar, detenerse y estacionar cumpliendo las normas correspondientes, sin que ello implique necesariamente acampar.

Los modelos que conocíamos de Francia e Italia o Alemania, junto con los argumentos jurídicos que fuimos reuniendo, nos ayudaron a trasladar aquella idea a los primeros alcaldes.

Lo que realmente necesitábamos eran servicios

Para comprender aquellas reivindicaciones hay que recordar cómo era el autocaravanismo español hace más de veinte años.

El parque de autocaravanas era aproximadamente una cuarta parte del actual y la presión sobre los estacionamientos públicos mucho menor. Aunque comenzábamos a encontrar algunas dificultades, nuestra presencia en las calles y aparcamientos pasaba generalmente bastante inadvertida.

Nuestro principal problema era otro: la práctica inexistencia en España de instalaciones donde abastecernos de agua potable y vaciar adecuadamente los depósitos de aguas grises y negras.

En nuestros viajes por Francia e Italia o Alemania, habíamos conocido instalaciones que permitían realizar esas operaciones y continuar viaje, sin necesidad de permanecer estacionados en un recinto específico.

Aquello era lo que pretendíamos trasladar a España.

Cuando comenzamos a visitar ayuntamientos para promover las primeras áreas, buscábamos fundamentalmente que se habilitaran esos servicios. Si además se ofrecía un espacio adecuado para estacionar y visitar la localidad, tanto mejor.

Pero nunca se nos pasó por la imaginación que, con el tiempo, algunas administraciones pudieran utilizar la creación de aquellas instalaciones como argumento para prohibir el estacionamiento de autocaravanas en el resto del municipio.

Queríamos disponer de servicios para seguir viajando, no que la posibilidad de estacionar quedara condicionada a la existencia de un área.

Del servicio voluntario al recinto obligatorio

Con el paso de los años, el autocaravanismo ha crecido considerablemente, al igual que las áreas municipales y las instalaciones privadas destinadas a estos vehículos.

Existen excelentes áreas, públicas y privadas, que prestan servicios útiles y que muchos autocaravanistas utilizan voluntariamente. Nada tenemos que objetar a esas iniciativas.

Sin embargo, en determinados municipios se ha extendido otra concepción: construir recintos específicos, a veces alejados de los núcleos urbanos, con barreras, reservas, tarifas y limitaciones de estancia.

Estas características no tienen por qué ser cuestionables cuando se trata de servicios voluntarios y correctamente gestionados.

El problema aparece cuando la existencia de esas instalaciones se utiliza para impedir que las autocaravanas estacionen en otros lugares del municipio donde legalmente podrían hacerlo.

En ese momento, lo que nació como una facilidad corre el riesgo de transformarse en una obligación.

Y resulta inevitable recordar aquellos primeros años, cuando algunos responsables municipales consideraban que nuestro lugar estaba necesariamente en los campings.

¿No estaríamos reproduciendo, bajo una fórmula diferente, una concepción que precisamente intentábamos superar?

Un municipio no necesita construir un área para permitirnos estacionar

El hecho de que una autocaravana pueda estacionar legalmente en un municipio no significa que el ayuntamiento tenga que construir un área específica.

Puede hacerlo si lo considera conveniente, facilitar la iniciativa privada o habilitar puntos ecológicos para el abastecimiento de agua y la evacuación de residuos.

Son decisiones distintas.

El estacionamiento de un vehículo se rige por la normativa de tráfico y las disposiciones municipales legalmente aplicables. La creación de un área es una decisión de dotación de infraestructuras o prestación de servicios.

Confundir ambas cuestiones conduce a pensar que las autocaravanas solo deberían estacionar donde exista un recinto expresamente destinado a ellas.

Pero la existencia de un área no convierte en ilegales los demás espacios donde el estacionamiento está permitido.

¿Cuántas áreas necesitamos realmente?

Con frecuencia escuchamos reivindicaciones sobre la necesidad de construir cientos o miles de nuevas áreas para autocaravanas.

"España necesita construir más de 2.000 áreas dicen algunos"

No cuestiono que existan lugares donde hagan falta instalaciones de acogida. Las necesidades varían según los municipios, las rutas y las épocas del año.

Pero deberíamos preguntarnos qué estamos reclamando exactamente.

¿Necesitamos miles de recintos específicos para estacionar o una red suficientemente amplia de servicios que nos permita viajar de manera responsable?

Un punto ecológico correctamente diseñado puede atender a numerosas autocaravanas sin necesidad de mantenerlas estacionadas allí durante horas o días.

Y un municipio puede recibir autocaravanistas sin disponer de un área específica, siempre que existan lugares donde el estacionamiento esté permitido y se respeten las normas.

Por eso, medir el desarrollo del autocaravanismo exclusivamente por el número de áreas construidas ofrece una visión incompleta.

Quizás el progreso no consista en disponer de 2.000 recintos más, sino en conseguir que 2.000 lugares ofrezcan posibilidades legales de estacionamiento y servicios accesibles cuando sean necesarios.

Liérganes, una experiencia que invita a reflexionar

En 2003 participé en las gestiones que llevaron a la creación de una de las primeras áreas municipales señalizadas para autocaravanas de España, en Liérganes, Cantabria.

Aquel proyecto, impulsado gracias a la receptividad del entonces alcalde, Ángel Bordas, respondía a una filosofía sencilla: facilitar los servicios que necesitábamos y favorecer la visita de los autocaravanistas al municipio.

Era un espacio integrado en el entorno urbano, sin grandes instalaciones ni inversiones desproporcionadas.

Más de veinte años después, el debate sobre un nuevo proyecto de área en Liérganes, acompañado de planteamientos para concentrar allí las autocaravanas, permite apreciar cómo puede cambiar, incluso en un mismo alcalde, la concepción de estas infraestructuras.

No pretendo reabrir una controversia municipal sobre la que ya he escrito anteriormente. La comparación entre ambos momentos es suficiente para plantear una reflexión.

Lo que comenzó como una iniciativa de acogida no debería convertirse en una justificación para limitar, sin fundamento suficiente, el estacionamiento en otros espacios públicos.

Regular no significa necesariamente prohibir

Los ayuntamientos tienen responsabilidades legítimas en la ordenación del tráfico, la seguridad vial, la convivencia y la distribución de los espacios públicos.

Nadie puede pretender que una autocaravana estacione en cualquier lugar, sin atender a sus dimensiones, a la señalización o a las condiciones de la vía. Determinadas concentraciones de vehículos pueden requerir medidas proporcionadas.

Pero es importante diferenciar entre regular y prohibir.

Una limitación puede responder a razones objetivas de seguridad, movilidad o protección de determinados espacios. Otra cosa es establecer restricciones generales basadas únicamente en la existencia de un área específica, sin justificar suficientemente su necesidad.

El nuevo artículo 92.4 del Reglamento General de Circulación, vigente desde el 1 de octubre de 2026, incorpora condiciones expresas para el estacionamiento de autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda.

Su relación con las competencias municipales merece un análisis propio, que abordaré en otra ocasión.

Por ahora, me interesa destacar una idea: la existencia de un área de autocaravanas no debería considerarse, por sí sola, razón suficiente para excluirlas de otros espacios donde puedan estacionar legalmente.

Recuperar el sentido de aquellas reivindicaciones

Quienes participamos en los comienzos del autocaravanismo organizado tenemos también la responsabilidad de explicar por qué defendíamos aquellas primeras iniciativas.

Cuando comenzamos a impulsar las áreas, queríamos superar el desconocimiento sobre nuestros vehículos y, sobre todo, facilitar los servicios imprescindibles para viajar de manera autónoma y ambientalmente responsable.

Nunca entendimos que la creación de un área debiera llevar aparejada la renuncia a estacionar en otros lugares donde estuviera permitido.

El futuro del autocaravanismo tampoco debería depender exclusivamente de multiplicar instalaciones cerradas, aunque algunas resulten útiles y necesarias.

El verdadero avance debería medirse también por la normalización de nuestra presencia en los municipios, el respeto a las normas, la convivencia con los demás ciudadanos y la disponibilidad de servicios adecuados.

Porque las áreas de autocaravanas deben ser una posibilidad, no una imposición.

Y porque, veintitrés años después, sigo convencido de algo que inspiró buena parte de nuestro trabajo:

No reivindicamos las primeras áreas para que nos encerraran en ellas. Las reivindicamos para disponer de los servicios que necesitábamos y poder seguir viajando con mayor autonomía, responsabilidad y libertad.

Pedro Ansorena Antón.


martes, 6 de octubre de 2026

Veintitrés años después: volver a leer lo que escribíamos cuando nacieron las primeras áreas.


Los antiguos foros de internet conservan una parte de la historia del autocaravanismo que la memoria, por sí sola, no siempre puede reconstruir.

A veces el pasado aparece donde menos se espera.

Estos últimos días, mientras revisaba algunos datos sobre las primeras áreas de servicio para autocaravanas creadas en España, he vuelto a encontrar conversaciones mantenidas en los antiguos foros de internet a finales de 2003.

Leerlas veintitrés años después produce una sensación curiosa.

Quienes participábamos en aquellos debates hablábamos de áreas, estacionamiento, campings, ayuntamientos, señalización o puntos de agua sin saber todavía hacia dónde conduciría todo aquello.

No estábamos escribiendo la historia.

Simplemente la estábamos viviendo.

Cuando internet era nuestra plaza de encuentro

A comienzos de los años 2000 no existían las redes sociales ni los teléfonos moviles tal como hoy las conocemos. Para muchos de nosotros, los foros de internet eran prácticamente el único lugar donde intercambiar experiencias, discutir problemas, organizar encuentros y mantener el contacto entre quienes compartíamos esta afición.

Frecuentábamos espacios como Network54, Campingsalón.com o Solocamping.com. Eran foros mixtos, en los que convivíamos campistas, caravanistas y autocaravanistas. Más tarde aparecería AC Pasión, creado ya específicamente alrededor del mundo de la autocaravana.

En aquellos primeros tiempos la relación entre todos nosotros era, en general, muy buena. Recuerdo especialmente los famosos encuentros que organizaba Solocamping.com, los llamados «engord@r», que se celebraban en campings. Allí convivíamos durante unos días campistas, caravanistas y autocaravanistas y, sencillamente, nos lo pasábamos muy bien.

Pero poco a poco empezó a producirse un cambio.

Los autocaravanistas comenzamos a plantear en aquellos mismos foros las dificultades que encontrábamos cuando utilizábamos nuestros vehículos fuera de los campings: problemas de estacionamiento, advertencias, prohibiciones o la frecuente identificación entre pernoctar dentro de una autocaravana correctamente estacionada y estar acampado.

Para quienes utilizaban habitualmente el camping, muchos de aquellos problemas apenas eran perceptibles. Para nosotros empezaban a formar parte de nuestros viajes.

Y fue precisamente en aquellas conversaciones donde comenzó a gestarse una conciencia diferente sobre el autocaravanismo y, poco después, un movimiento reivindicativo propio.

En noviembre de 2003 me incorporé al recién creado foro de AC Pasión utilizando el nombre de Piter. El primer portal netamente autocaravanista de España, creado por los matrimonios catalanes Albert, Pepi y su hijo Xavi, Ramón y Carmeta.  A los que conocí en la inauguración del área de autocaravanas de la localidad Cantabra de Comillas ( área reventada por la mala acción de algunos empresarios de camping con el ayuntamiento comillano) que se trasladaron desde Cataluña para apoyarnos.

En aquel mensaje de presentación hablaba ya de algo que entonces nos ilusionaba especialmente: poder compartir «la próxima inauguración de futuras áreas» por distintos lugares de España.

Mi presentación como Piter en AC Pasión, noviembre de 2003

Hoy aquella frase puede parecer intrascendente.

En 2003 no lo era.

España apenas disponía de instalaciones destinadas específicamente a prestar servicios a las autocaravanas y conseguir que un ayuntamiento aceptara crear una constituía todo un acontecimiento.

Teverga, Tui y Liérganes: lo que decíamos entonces

Pocos días después, el 20 de noviembre de 2003, escribí en el mismo foro sobre el trabajo que estaba desarrollando La PACA.

Entre los resultados alcanzados citábamos entonces la «inauguración y puesta en servicio» de tres áreas: San Martín de Teverga, Tui y Liérganes.

Información sobre La PACA publicada en AC Pasión en noviembre de 2003

Y aquí es donde releer aquellos mensajes tantos años después empieza a resultar especialmente interesante.

Porque casi inmediatamente surgió el debate.

Otros participantes cuestionaron que lo realizado en San Martín de Teverga pudiera considerarse propiamente la creación de una nueva área. Se habló del aparcamiento que ya existía junto al campo de fútbol, del punto de agua habilitado y de lo que realmente había aportado aquella actuación.

Debate de noviembre de 2003 sobre las primeras áreas y Teverga

Es extraordinario poder leerlo hoy. Porque entre otras cosas, visto desde la distancia uno se da cuenta que esa "oposicion", a lo que estábamos tratando de hacer, con nuestros aciertos y errores nos hizo espabilar.

Porque demuestra también que la discusión sobre qué debía entenderse exactamente por un área de autocaravanas ya existía cuando las primeras estaban naciendo.

La memoria y los documentos

Durante muchos años hemos recordado Teverga como una de aquellas primeras conquistas. Y así la presentamos nosotros mismos en aquel momento.

Sin embargo, al revisar ahora los documentos y aquellas conversaciones, creo que corresponde introducir una precisión.

Teverga tuvo un enorme valor para quienes estábamos comenzando aquella aventura reivindicativa. Después de meses de trabajo y también de críticas, reunir allí numerosas autocaravanas, contar con la presencia y el apoyo del alcalde y disponer de aquel primer punto de agua significó mucho.

Concentración de autocaravanas en el aparcamiento del campo de fútbol de San Martín de Teverga el fin de semana los días 27 al 29 de junio del 2003.

Pero aquello no constituía todavía el área municipal plenamente equipada que pretendíamos conseguir.

El propio alcalde, José Ramón Álvarez Argüelles (D. E. P.), manifestó su intención de crear posteriormente una instalación en condiciones, que no se materializaría hasta años después de su fallecimiento.

Por eso he corregido también este aspecto en la segunda edición de mi libro El autocaravanismo en España (2000–2026). Relato de una experiencia.

Ahora diferencio el importante valor simbólico y reivindicativo de Teverga de las áreas municipales que inmediatamente después comenzaron a materializar de forma efectiva el modelo que proponíamos.

No considero que corregir un recuerdo después de veintitrés años reste valor a lo realizado.

Creo justamente lo contrario.

La memoria cuenta cómo vivimos los acontecimientos. Los documentos nos ayudan a situarlos en su lugar exacto.

Liérganes, casi en tiempo real

Otro hilo de AC Pasión resulta igualmente revelador.

El 13 de noviembre de 2003 un participante preguntaba si realmente existía un área para autocaravanas en Liérganes. Otros compañeros contestaron explicando que habían asistido a su inauguración y, poco después, comenzaron a aparecer testimonios de usuarios que habían vuelto allí y habían pernoctado.

Conversación de 2003 sobre el área de Liérganes

Vista hoy, aquella conversación tiene un valor que entonces ninguno de nosotros podía imaginar.

Estamos contemplando prácticamente en tiempo real cómo una de aquellas primeras instalaciones comenzaba a incorporarse a las rutas de los autocaravanistas.

Y también permite comprender algo que considero fundamental.

No estábamos creando lugares para encerrar autocaravanas.

Estábamos intentando resolver problemas.

Lo que realmente buscábamos

Las áreas surgieron porque necesitábamos lugares donde abastecernos de agua y evacuar correctamente las aguas grises y negras y, en muchos casos, disponer además de espacios adecuados de estacionamiento.

Pero paralelamente defendíamos otra cosa: que una autocaravana correctamente estacionada debía ser tratada como lo que también es, un vehículo.

Aquellas dos reivindicaciones no eran incompatibles.

Servicios adecuados y derecho al estacionamiento caminaban juntos.

Un mensaje que escribí en AC Pasión en noviembre de 2004 resume bastante bien aquella preocupación:

«no confundan el estacionamiento de vehículos con el campismo».

El legítimo derecho de aparcar una autocaravana, AC Pasión, 2004

Han pasado más de veinte años y, curiosamente, seguimos hablando de ello.

Mirar 2003 desde 2026

Hoy España dispone de una red de áreas que entonces habría resultado difícil imaginar.

Las hay municipales y privadas, gratuitas y de pago, sencillos puntos de servicio e instalaciones con barreras, reservas, control de matrículas y numerosos servicios complementarios.

Es una evolución lógica.

Pero releer aquellas conversaciones de 2003 me ha llevado a hacerme una pregunta que entonces probablemente ninguno de nosotros habría imaginado.

Comenzamos intentando conseguir lugares donde las autocaravanas pudieran realizar correctamente sus servicios.

¿En qué momento una infraestructura creada para facilitar nuestra libertad puede convertirse en el argumento para limitarla?

Porque una cosa es disponer de un área y decidir utilizarla.

Otra muy distinta es que su existencia sirva para justificar que una autocaravana no pueda estacionar en ningún otro lugar del municipio donde legalmente pueda hacerlo otro vehículo.

Quizá ahí se encuentre uno de los debates que el autocaravanismo tendrá que afrontar durante los próximos años.

Los documentos que todavía pueden aparecer

Esta pequeña investigación no ha terminado.

Revisando material antiguo he encontrado ( unos 50 disquetes de 3½) entre ellos tres disquetes que conservaba desde aquellos años. En sus etiquetas puede leerse: «DOCU PACA», «AREA DE TEVERGA» y «SOLO CAMPING».

Todavía no sé qué contienen ni si después de más de veinte años será posible recuperar su información.

Si consigo leerlos, quizá aparezcan documentos, fotografías o conversaciones que permitan completar algunos detalles de aquella historia, entre ellos la fecha exacta del encuentro de San Martín de Teverga.

Si aparece nueva documentación, habrá que incorporarla.

Porque conservar la memoria también consiste en estar dispuesto a corregirla cuando aparecen nuevas pruebas.

Y quizá sea esa una de las cosas más interesantes de volver hoy a aquellos viejos foros.

En 2003 discutíamos sobre si un aparcamiento con un punto de agua podía considerarse un área, celebrábamos que un alcalde nos escuchara y soñábamos con extender aquellos pequeños servicios por España.

Veintitrés años después, el debate puede estar empezando a ser justamente el contrario:

cómo conseguir que aquellas infraestructuras que nacieron para ayudarnos no terminen convirtiéndose en los únicos lugares donde se nos permita estar.

Pedro Ansorena.

miércoles, 30 de septiembre de 2026

1 de octubre de 2026: una nueva etapa para el autocaravanismo.

Mañana, 1 de octubre de 2026, entra en vigor el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación.

El texto completo puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado: Real Decreto 518/2026, de 24 de junio.

Se trata de una reforma amplia, dirigida principalmente a adaptar las normas de circulación a las nuevas formas de movilidad y a reforzar la protección de los usuarios vulnerables de la vía. Pero para quienes viajamos en autocaravana tiene además un significado especial.

Por primera vez, el Reglamento General de Circulación regula expresamente el estacionamiento de las autocaravanas y de otros vehículos acondicionados como vivienda.

No es una interpretación nuestra. Así lo reconoce el propio preámbulo del Real Decreto:

«En este contexto el reglamento aborda por primera vez el estacionamiento de las autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda adoptando una fórmula similar a la de algunos países de nuestro entorno».


Del criterio administrativo al Reglamento

Durante años, buena parte de las cuestiones relacionadas con el estacionamiento de las autocaravanas se han venido aclarando mediante instrucciones de la Dirección General de Tráfico.

A partir del 1 de octubre damos un paso diferente: las condiciones específicas de estacionamiento de nuestros vehículos pasan a formar parte del propio Reglamento General de Circulación.

Sobre esta diferencia entre una Instrucción administrativa y una norma reglamentaria ya reflexioné en este blog cuando se publicó la reforma:

¿Qué cambia realmente para los autocaravanistas a partir del 1 de octubre?

El nuevo artículo 92.4 establece que:

«El estacionamiento de autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda deberá efectuarse en las siguientes condiciones:
a) Sin extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, considerando como tal la proyección en planta del mismo.
b) Descansando sólo sobre neumáticos, con posibilidad de calzos o cuñas de seguridad.

c) Sin verter fluidos procedentes del habitáculo.»


Tres condiciones objetivas, sencillas y fácilmente comprobables.

Mientras el vehículo permanezca dentro de su perímetro, descanse sobre sus neumáticos —sin perjuicio de los calzos o cuñas de seguridad permitidos, no para subir encima sino para calzar el vehículo por seguridad— y no vierta fluidos procedentes del habitáculo, estará cumpliendo las condiciones específicas de estacionamiento que establece el Reglamento.

Estacionar no es acampar

Este es probablemente uno de los aspectos de mayor importancia práctica.

El artículo 92.4 no condiciona el estacionamiento a lo que estén haciendo los ocupantes dentro del vehículo. Regula las condiciones exteriores en las que debe encontrarse la autocaravana estacionada.

Dormir, comer, leer, descansar o permanecer en el interior son actividades que, por sí mismas, no aparecen entre los elementos que el Reglamento utiliza para determinar las condiciones del estacionamiento.

Conviene, sin embargo, ser precisos: el nuevo artículo no dice literalmente que «dormir dentro de una autocaravana no sea acampar». Lo que hace es establecer las condiciones objetivas que debe cumplir su estacionamiento.

Y esa diferencia no es menor.

Sobre esta cuestión escribí también recientemente:

Estacionar, pernoctar y acampar: una cuestión también de pedagogía.

También cambia el marco municipal

La reforma no termina en el artículo 92.4.

Desaparece el antiguo artículo 93 del Reglamento y se incorpora un nuevo título VI dedicado específicamente a las normas de circulación en zonas urbanas.

El nuevo artículo 151.3 establece un principio que conviene recordar:

«Las ordenanzas municipales no podrán oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento».


Al mismo tiempo, el nuevo artículo 156, dedicado al régimen de parada y estacionamiento, establece que los ayuntamientos, mediante sus ordenanzas municipales, regularán la parada y el estacionamiento de los vehículos en las vías urbanas.

Por tanto, los ayuntamientos conservan sus competencias para ordenar el tráfico y el estacionamiento, pero deberán ejercerlas dentro del nuevo marco reglamentario.

Precisamente sobre la desaparición del antiguo artículo 93 y el nuevo marco de las competencias municipales escribí:

¿Qué ha pasado realmente con el artículo 93 del Reglamento General de Circulación?

Probablemente aquí se encuentre uno de los debates que tendremos por delante.

Y ya estamos comenzando a verlo en casos concretos, como el que recientemente analicé en:

Santander ante el nuevo artículo 92.4: estacionar, pernoctar y gestionar el espacio público.

Un punto de llegada y también de partida

Quienes llevamos muchos años siguiendo la evolución normativa del autocaravanismo sabemos que esta modificación no ha aparecido de repente.

Detrás quedan años de reivindicaciones, debates, reuniones, iniciativas parlamentarias,  instrucciones de la DGT y trabajo de muchas personas y organizaciones.

Algunas de las decisiones que hoy aparecen recogidas en unas pocas líneas del Reglamento tienen incluso una historia que se remonta a los trabajos del Grupo de Trabajo GT-53 de la Dirección General de Tráfico.

Sobre ello escribí:

Cuando las normas también cuentan una historia: lo que aprendí en el GT-53 sobre las ventanas abatibles y los calzos.

Por eso el 1 de octubre de 2026 merece quedar señalado.

No porque todos los problemas del autocaravanismo español hayan quedado solucionados. Evidentemente, no es así.

Al igual que ya ocurre en Italia con la interpretación y aplicación de su artículo 185 del Codice della Strada, seguirán existiendo conflictos, interpretaciones diferentes y ordenanzas municipales que habrá que analizar. Será necesario comprobar cómo se aplica la nueva regulación y, cuando corresponda, defender su correcto cumplimiento.

Pero desde mañana existe algo que durante muchos años reclamamos: el Reglamento General de Circulación contempla expresamente el estacionamiento de las autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda.

Hemos pasado de explicar una y otra vez lo que decía una instrucción administrativa a poder señalar directamente un artículo del Reglamento:

Artículo 92.4 del Reglamento General de Circulación.

Puede parecer solamente un número.

Para quienes conocemos el camino recorrido hasta llegar aquí, significa bastante más.

Pedro Ansorena.


Para ampliar información

Texto oficial:

— Real Decreto 518/2026, de 24 de junio — Boletín Oficial del Estado.

Artículos publicados anteriormente en este blog:

— ¿Qué ha pasado realmente con el artículo 93 del Reglamento General de Circulación?

— ¿Qué cambia realmente para los autocaravanistas a partir del 1 de octubre?

— Cuando las normas también cuentan una historia: lo que aprendí en el GT-53 sobre las ventanas abatibles y los calzos

— Estacionar, pernoctar y acampar: una cuestión también de pedagogía

— Santander ante el nuevo artículo 92.4: estacionar, pernoctar y gestionar el espacio público