Después de revisar y pensar con detenimiento las iniciativas parlamentarias aprobadas desde 2006 hasta hoy en Las Cortes Generales, así como las Instrucciones emitidas por la DGT durante estos años, creo que ha llegado el momento de hacer una reflexión serena.
Durante este tiempo hemos interpretado el estancamiento normativo como una falta de voluntad de desarrollo reglamentario por parte de organismos como la DGT, especialmente al comprobar que en las sucesivas reformas del Reglamento General de Circulación no se incorporaban algunas de las alegaciones presentadas en sus borradores por el colectivo.
Sin embargo, si analizamos con perspectiva las cuatro iniciativas parlamentarias aprobadas en las Cortes Generales a lo largo de estos veinte últimos años, quizá descubramos un matiz relevante: aquellas iniciativas no se centraban exclusivamente en el vehículo dentro del marco del Reglamento General de Circulación, sino que abordaban la “actividad autocaravanista” en un sentido amplio.
En sus textos se mezclan cuestiones de tráfico y circulación con aspectos turísticos, medioambientales, infraestructuras, coordinación con comunidades autónomas y competencias municipales. Se trataba, por tanto, de un mandato político transversal en el que confluyen diversas competencias.
La DGT, sin embargo, dentro del RGC tiene competencia directa sobre el vehículo y la circulación. No sobre la actividad turística ni sobre la ordenación territorial. Y tanto en la emisión de la Instrucción 08/V-74 como en la PROT 2023/14 ha sido constante en delimitar su actuación al plano estrictamente vehicular, dejando fuera conceptos de la actividad como acampada o pernocta etc, por exceder su ámbito competencial.
✅Esto nos conduce a una reflexión importante.
Tal vez no estemos ante un incumplimiento frontal del mandato parlamentario del órgano que regula y le compete la circulación y el estacionamiento de vehículos, sino ante un desajuste entre el alcance político de aquellas iniciativas y el ámbito competencial del órgano encargado de desarrollarlas.
Esa dispersión de planos puede haber sido la motivación de uno de los factores que han dificultado una modificación reglamentaria clara del RGC durante estos años.
Lejos de suponer un error, este análisis nos permite de cara al futuro comprender mejor el escenario actual y afinar el enfoque.
La lectura de nuestro pasado nos indica que si queremos influir en la DGT, el planteamiento debe centrarse exclusivamente en aquello que sí forma parte de su competencia: el vehículo, el estacionamiento, la igualdad de trato y la seguridad jurídica en la aplicación del Reglamento General de Circulación.
Separar con nitidez el plano del vehículo del plano de la actividad no significa renunciar a reivindicaciones legítimas. Significa fortalecer técnicamente nuestra posición y evitar que el debate vuelva a diluirse en ámbitos donde la DGT no puede actuar.
En este contexto, y siendo conscientes de que las reformas reglamentarias no son procesos inmediatos, quizá la estrategia más eficaz pase por reforzar doctrinalmente el tratamiento del estacionamiento como acto de circulación, consolidando criterios claros que puedan servir de base para futuras modificaciones normativas.
En definitiva, el mayor avance puede no ser una reforma inmediata, sino la comprensión precisa del encaje competencial del problema.
Y cuando se entiende bien el encaje, la estrategia deja de ser reactiva y pasa a ser inteligente.
“Porque viajar es tambien saber cuándo hay que cambiar de rumbo".
Pedro Ansorena.
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