lunes, 19 de mayo de 2014

Información pública y presentación de observaciones del proyecto de reforma del RGC.

El organismo público de la DGT. comforme a su competencia y como último trámite antes de su aprobación definitiva, saca a información pública el proyecto de reforma del RGC.

"De conformidad con lo previsto en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se comunica que el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, se encuentra a disposición de los interesados para el cumplimiento del trámite de audiencia en la página web de la Dirección General de Tráfico cuya dirección es http://www.dgt.es

Las eventuales observaciones a su contenido deberán ser remitidas por correo ordinario a la Subdirección General de Intervención y Políticas Viales, Secretaría del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio, a la siguiente dirección postal: calle Josefa Valcárcel, número 28, 28071, Madrid."

Texto expuesto del futuro RGC:


En los últimos años después de haberse desarrollado un largo trabajo por parte de algunos autocaravanistas, con el debate parlamentario y la aprobación de dos iniciativas en Las Cortes Generales, iniciativas de las que quienes deseen conocer algo más de este asunto, disponéis de amplia información en este espacio. Cualquiera que le eche un vistazo al texto actual del futuro reglamento, se dará cuenta de cómo en éste desaparecen totalmente textos de referencia a las autocaravanas tan importantes como el derecho al estacionamiento y otras cosas. En el citado Reglamento  solo figuran dos referencias, una en la tabla de velocidades de vehículos iguales o inferiores a 3500 Kg y la otra la de la homologación de la señal S-128 punto de vaciado de caravanas y autocaravanas, que aunque son importantes, ni en el texto de la ley de Seguridad Vial, ni en el RGC. figura ningún comentario más que haga alusión a otros aspectos normativos de la autocaravana, situación muy diferente a lo que aparecía en anteriores documentos trabajados, consensuados y elaborados por el anterior equipo de trabajo GT-53. del que durante una época y hasta que me fue posible algunos formamos parte.

https://docs.google.com/file/d/0B1edscOyQWS1MTQzOTJmMmYtMTRlOC00ZDNkLWE3ZGMtNDlkZDkyNGI1YTZl/edit




De todas formas, siendo conocedor del abandono al que ha estado sometido este proyecto por parte de la mayoría de los autocaravanistas y de quienes les representan, no me extraña nada, la situación era previsible, incluso no hace mucho tiempo, en una entrada de este blog ya lo adelantaba.


Con esta situación, se demuestra y queda claro a que se han dedicado durante estos últimos tiempos y cuál ha sido la implicación y labor de quienes aparentemente parece que tomaron el relevo en representación de los autocaravanistas y la responsabilidad o colaboración con la DGT para continuar con el trabajo anteriormente desarrollado en el organismo, situación muy diferente a las asociaciones ciclistas que aunque no han conseguido todo lo que se proponían, en el texto tanto de la ley de Seguridad Vial como del reglamento, uno puede comprobar su implicación y labor.

Por otra parte, tambien pienso que quizás esa era la intención real de algunos autocaravanistas, ya que en realidad estos siempre demostraron que no creían en un  proyecto a nivel general y para todo el Estado, algunos continúan trabajando y solo creen en proyectos localistas, sobre todo de sus terruños patrios, quizás demostrando querer que la autocaravana sea regulada por las distintas leyes regionales de acampada y no por la Ley de Seguridad Vial y el RGC. apañados estamos..... cuando la autocaravana representa la libertad de desplazamiento, con algunas iniciativas estamos entrando de lleno en la España de varias velocidades, solo se podrá utilizar la autocaravana con tranquilidad de que no te sancionen en unas pocas comunidades. 

En fin....... si no hay cambios de última hora en el periodo de observaciones, que visto lo visto, no lo creo, ahora a los futuros autocaravanista y algunos actuales con edad para ello, solo queda esperar  otros 10 o quizás 15 años para intentarlo en otra nueva reforma de la ley de tráfico. Para entonces algunos ya seremos demasiado mayores y posiblemente no podremos utilizar la autocaravana.

Ante esta situación, solo me queda reflexionar y aunque no estoy contento por el final de un arduo y costoso trabajo, tengo la satisfacción personal de haber formado, junto con otros compañeros, parte de un grupo de trabajo y sobre todo de haberlo intentado.

Pedro Ansorena.

jueves, 8 de mayo de 2014

"La Furgoteta: Legislación nacional sobre autocaravanas"

Una estupenda publicación con un buen contenido, donde sus administradores dan un punto de vista más para que a quienes les interesen estas cosas puedan  estar informados y con ello tener en cuenta  algunos detalles a la hora de utilizar una autocaravana o vehículo vivienda.


Gracias a los creadores de la entrada y la  publicación.

Fuente de información:


Pedro Ansorena.