miércoles, 9 de septiembre de 2026

El debate sobre el área de autocaravanas del parque de Las Llamas llega a las Cartas al Director de El Diario Montañés.

Hoy, 9 de septiembre, El Diario Montañés publica en su sección «Cartas al Director» una carta que remití hace unos días bajo el título «Las Llamas y las autocaravanas en Santander».

La carta nace a raíz del artículo publicado recientemente en este blog, 

Santander ante el nuevo artículo 92.4: estacionar, pernoctar y gestionar el espacio público

y de las informaciones sobre la futura conversión del área del parque de Las Llamas en un recinto de pago.

Por razones de espacio, el periódico me pidió reducir el texto a un máximo de 240 palabras.

Creo, sin embargo, que ha quedado recogida la cuestión esencial que pretendía plantear:

¿Qué norma municipal establece que permanecer o dormir dentro de una autocaravana correctamente estacionada convierte ese estacionamiento en una actividad diferente?

El próximo 1 de octubre entra en vigor el nuevo artículo 92.4 del Reglamento General de Circulación. Los ayuntamientos seguirán conservando sus competencias para ordenar y limitar el estacionamiento, pero será necesario distinguir con claridad entre estacionar, acampar y realizar conductas que puedan ser sancionables.

Agradezco a El Diario Montañés que haya considerado de interés publicar esta reflexión y contribuir con ello a que el debate llegue también a la sociedad santanderina.

No se trata de pedir privilegios para las autocaravanas. Como termina diciendo la carta publicada, se trata de «regular cuando sea necesario, sancionar las conductas que incumplan las normas y aplicar las restricciones con criterios objetivos y proporcionados».

Pedro Ansorena

sábado, 5 de septiembre de 2026

Santander ante el nuevo artículo 92.4: estacionar, pernoctar y gestionar el espacio público.

Dos noticias y una misma cuestión de fondo.

En los últimos días han coincidido en Santander dos noticias que, aunque aparentemente tratan asuntos diferentes, tienen algo en común: la gestión del espacio público.

Por una parte, cinco asociaciones vecinales han reclamado un cambio de rumbo ante problemas de suciedad, ruidos, botellones y otras conductas incívicas. Su reivindicación resulta bastante clara: existen ordenanzas y reclaman que se cumplan.

Por otra, hemos conocido que el aparcamiento para autocaravanas de Las Llamas pasará a ser de pago. La instalación será cerrada perimetralmente, contará con barreras, lectura de matrículas y sistema de reservas, manteniendo una estancia máxima de 48 horas.


Dos noticias diferentes que permiten plantear una cuestión sobre la que llevo muchos años reflexionando:

una cosa es gestionar el espacio público y otra muy distinta convertir una determinada clase de vehículo en el problema.

Que Las Llamas sea de pago no es el problema.

Si el Ayuntamiento ofrece un espacio específicamente acondicionado para autocaravanas, con suministro de agua, evacuación de aguas residuales, electricidad, control de acceso y otros servicios, resulta razonable que pueda establecer un precio por su utilización, siempre que exista la correspondiente cobertura y sea proporcionado.

El debate, por tanto, no es si un área debe ser gratuita o de pago.

La cuestión aparece cuando ese espacio específico puede terminar convirtiéndose, directa o indirectamente, en la única alternativa real para quien visita Santander en autocaravana y desea permanecer durante la noche dentro de su vehículo.

Santander permite estacionar autocaravanas.

La información turística del propio Ayuntamiento afirma:

«El estacionamiento de autocaravanas está permitido en todo el término municipal», salvo en las zonas OLA y en aquellas afectadas por señalización vertical que prohíbe estacionar a vehículos con una masa superior a 1.800 kilogramos.

En 2016 Santander modificó su Ordenanza de Circulación y eliminó expresamente a las autocaravanas de la prohibición general de estacionamiento que hasta entonces las afectaba.

La autocaravana dejaba así de estar prohibida simplemente por ser una autocaravana.

Sin embargo, en numerosos lugares de la ciudad permanece otra señalización bien conocida por quienes vivimos aquí:

prohibido estacionar vehículos de más de 1,8 toneladas, excepto turismos.


Sobre la evolución histórica de estas señales ya escribí recientemente en este blog. No pretendo repetir ahora aquella historia, sino preguntarme por la justificación y los efectos actuales de esa restricción.

Más de 1,8 toneladas... excepto turismos.

El Ayuntamiento tiene competencias para ordenar el tráfico y el estacionamiento en sus vías urbanas y puede establecer limitaciones por razones de seguridad, movilidad, distribución del espacio o rotación.

Eso no se discute.

Pero si una señal prohíbe estacionar a los vehículos de más de 1.800 kg y exceptúa a los turismos, el peso difícilmente puede constituir por sí solo la explicación de la medida.

Un turismo, y hoy especialmente algunos vehículos eléctricos debido al peso de sus baterías, puede superar los 1.800 kg y quedar autorizado para estacionar. En cambio, una furgoneta vivienda de 1.900 kg puede ser sancionada.

Tenemos ejemplos reales.

Un autocaravanista relataba recientemente haber llegado al área de Las Llamas y encontrarla completa. Estacionó su Transit L2H2, clasificada como furgón vivienda y con una tara de 1.905 kg, enfrente del área, en la calle Marino Fernández Fontecha en un aparcamiento  en línea de la vía, donde había otros vehículos.

Fue denunciado por incumplir una señal R-308: prohibido estacionar vehículos de más de 1,8 toneladas excepto turismos.


La cuestión no consiste en negar la existencia de la señal, sino en preguntarse:

¿qué finalidad objetiva justifica excluir en ese lugar a un furgón vivienda de 1.905 kg mientras un turismo de mayor peso puede estacionar?

No afirmo con ello que la señal sea necesariamente ilegal. Para llegar a esa conclusión habría que conocer su fundamento y las circunstancias que motivaron su instalación. Precisamente por eso creo que la pregunta es legítima.

¿Y qué ocurre con los autobuses?

Existe además una situación que conozco personalmente ya que lo percibo cada día que me desplazo por allí.

A lo largo y en los aparcamientos laterales en línea de la S-20, al inicio de diferentes tramos entre rotondas, existen señales de prohibición de estacionamiento para vehículos de más de 1,8 toneladas, excepto turismos, sin panel complementario que exceptúe a los autobuses.

Durante la temporada de playas o épocas vacacionales estacionan allí numerosos autobuses que transportan visitantes y permanecen durante buena parte de la jornada.

Un autobús supera ampliamente las 1,8 toneladas y no es un turismo.

Sin embargo, mientras conozco casos de autocaravanas sancionadas por incumplir esta señalización, no tengo conocimiento de que esos autobuses reciban el mismo tratamiento.

Puede existir alguna autorización administrativa que lo explique. Si existe, sería interesante conocerla. Si no es así, resulta razonable preguntarse si una misma prohibición está siendo aplicada con los mismos criterios a todos los vehículos afectados.

Cuando Las Llamas está completo.

La noticia publicada por El Diario Montañés aporta otro dato significativo.

La saturación de Las Llamas ha provocado durante el verano que numerosas autocaravanas y vehículos vivienda busquen estacionamiento en las escasas calles donde no existe limitación de peso, como Ernest Lluch. Algunos vecinos se quejan de que en determinados momentos resulta difícil encontrar una plaza.

Es una preocupación comprensible. El espacio público es limitado y debe gestionarse. Pero una autocaravana correctamente estacionada tampoco pierde la posibilidad de utilizar una plaza pública por el mero hecho de serlo.

La propia Ordenanza Limitadora del Aparcamiento ofrece mecanismos para afrontar problemas de saturación. Contempla zonas EVE destinadas, entre otros, a vehículos especiales y autocaravanas, con un tiempo máximo de estacionamiento de 24 horas.

La rotación puede ser una respuesta razonable. La exclusión por tipología de vehículo es una cuestión diferente.

Y queda una pregunta práctica:

¿qué debe hacer una autocaravana que llega a Santander cuando Las Llamas está completo?

Estacionar sí. ¿Pernoctar no?

Esta pregunta adquiere todavía mayor importancia en una ciudad portuaria como Santander.

La Autoridad Portuaria de Santander considera a la región una importante puerta de entrada del turismo británico. Durante la temporada de verano de 2026 existen cuatro conexiones semanales con Reino Unido: dos con Portsmouth y dos con Plymouth.

Entre los vehículos que utilizan esas conexiones se encuentran también autocaravanas y vehículos vivienda que tienen Santander como punto de entrada o salida hacia la Península y el resto de Europa.

Ante esta realidad resulta razonable preguntarse:

¿cómo gestionar este importante tránsito internacional con un área específica de apenas 25 plazas y, al mismo tiempo, numerosas restricciones de estacionamiento para vehículos de más de 1,8 toneladas a lo largo y ancho de toda la ciudad?

Pero aquí aparece una cuestión todavía más importante.

La misma página oficial del Ayuntamiento que afirma que las autocaravanas pueden estacionar allí donde no exista una prohibición aplicable dice también:

«La pernocta de este tipo de vehículos, únicamente está permitida en el aparcamiento especial habilitado a tal efecto junto al Parque de Las Llamas».

He intentado localizar la base normativa de esa afirmación.

Tras revisar la normativa municipal de circulación, estacionamiento y otros textos municipales relacionados, no he encontrado una disposición que establezca expresamente que dormir dentro de una autocaravana correctamente estacionada en la vía pública constituya, por sí mismo, una conducta prohibida.

Eso no significa afirmar categóricamente que tal disposición no exista. Significa simplemente que no he logrado localizarla y que la propia información turística municipal tampoco identifica la norma que sustenta esa restricción.

Sí existe, en cambio, normativa que prohíbe la acampada en determinados espacios.

Y existe un antecedente significativo: cuando en 2015 se propuso modificar la Ordenanza para permitir el estacionamiento de autocaravanas, se planteó expresamente excluirlas de aquella prohibición «manteniendo la prohibición de acampada».

El propio planteamiento municipal diferenciaba, por tanto, dos conceptos:

estacionar y acampar.

El 1 de octubre entra en vigor el artículo 92.4.

Esta cuestión adquiere una nueva dimensión a partir del próximo 1 de octubre.

El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio incorpora por primera vez al Reglamento General de Circulación una regulación específica del estacionamiento de autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda.

El nuevo artículo 92.4 establece tres condiciones: no extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, descansar únicamente sobre los neumáticos —con posibilidad de calzos o cuñas de seguridad— y no realizar vertidos procedentes del habitáculo.

La reforma no elimina las competencias municipales para regular la parada y el estacionamiento. Tampoco dice literalmente que esté permitido dormir dentro de una autocaravana.

Pero tampoco establece que la presencia de personas en su interior modifique la situación reglamentaria del vehículo.

Por eso la pregunta adquiere ahora especial importancia:

si una autocaravana está legalmente estacionada y cumple las condiciones del artículo 92.4, ¿qué norma de tráfico convierte ese estacionamiento en otra actividad por el hecho de que sus ocupantes permanezcan o duerman dentro?

Gestionar conductas, no prejuzgar vehículos.

Aquí quizá encontremos el punto de unión entre las dos noticias que dieron origen a esta reflexión.

Las asociaciones vecinales reclaman que se actúe frente a comportamientos concretos: suciedad, ruidos, botellones y ocupaciones indebidas del espacio público.

Ese mismo criterio debería servir para el autocaravanismo.

Sacar mesas y sillas, extender toldos fuera del perímetro, realizar vertidos, ocupar indebidamente el espacio público o generar molestias son conductas que, cuando infringen una norma, deben ser sancionadas.

Pero una autocaravana correctamente estacionada no ensucia, molesta o acampa por el mero hecho de ser una autocaravana.

Sancionemos las conductas cuando sean sancionables, no presumamos esas conductas por el tipo de vehículo.

Una oportunidad para Santander.

Santander tiene ahora una oportunidad.

Aunque sea escaso, el nuevo sistema de Las Llamas permitirá controlar la ocupación, gestionar reservas, favorecer la rotación y ofrecer servicios específicos a quien quiera utilizarlos.

Pero quizá sea también un buen momento para revisar el conjunto del modelo: la justificación actual de determinadas restricciones de 1,8 toneladas, la excepción concedida a los turismos aunque éstos sean de mayor peso, la aplicación de esas señales a los diferentes vehículos y la base normativa de la afirmación de que solamente puede pernoctarse en Las Llamas.

Todo ello ante una nueva realidad jurídica que comienza el próximo 1 de octubre.

No se trata de reclamar privilegios para las autocaravanas ni de negar los problemas derivados de la saturación.

Se trata de gestionar el espacio público, favorecer la rotación cuando sea necesaria, sancionar las conductas que correspondan y aplicar las restricciones mediante criterios objetivos y proporcionados.

Las Llamas puede ser un buen servicio para quien quiera utilizarlo.

Pero un área de autocaravanas debería seguir siendo eso:

un servicio y no necesariamente el destino obligatorio de todo vehículo vivienda que llegue a una ciudad.

Porque quizá la pregunta que Santander como ciudad volcada al turismo debe hacerse a partir del 1 de octubre no sea dónde quiere concentrar las autocaravanas, sino otra bastante más sencilla:

¿cómo integrar y gestionar correctamente su estacionamiento dentro del espacio público común?

Pedro Ansorena.

domingo, 30 de agosto de 2026

Cuando vendemos libertad, también debemos enseñar a utilizarla.

El crecimiento del alquiler de autocaravanas y campers plantea una responsabilidad que afecta a todo el sector.

Este verano, viajando en autocaravana por España y anteriormente por otros países europeos, me he fijado en algo que cada vez resulta más visible en aparcamientos, áreas o espacios naturales: la presencia de numerosos vehículos con el distintivo de Indie Campers.

Los veo con matrículas de diferentes países y utilizados, en muchos casos, por personas jóvenes o familias que probablemente han elegido el alquiler como una forma sencilla de iniciarse durante unos días en el turismo itinerante.

No tendría nada de particular. El alquiler de autocaravanas y campers ha crecido enormemente y constituye una magnífica oportunidad para conocer esta forma de viajar sin necesidad de adquirir un vehículo.

Sin embargo, junto a ese crecimiento observo también algunos comportamientos —quiero dejar muy claro que no de todos los usuarios, son una minoría pero por sus comportamientos muy notable— que me llevan a una reflexión: mesas y sillas en aparcamientos públicos, toldos desplegados y ocupación del espacio exterior del vehículo que permiten sospechar que algunos nuevos usuarios desconocen las diferencias entre estacionar y acampar.

Y la pregunta es sencilla:

¿Se está enseñando a utilizar correctamente una autocaravana o una camper a quienes se incorporan a esta forma de viajar a través del alquiler?

Indie Campers es solamente la parte más visible.

Sería injusto convertir esta reflexión en una crítica a una empresa determinada.

Indie Campers llama especialmente la atención porque sus vehículos son fácilmente identificables, pero existen numerosas empresas de alquiler, fabricantes, distribuidores y plataformas dentro de un sector que ha experimentado un crecimiento extraordinario.

Por eso el problema, si existe, no se llama Indie Campers.

El verdadero asunto es cómo estamos gestionando la incorporación de miles de nuevos usuarios a esta forma de viajar.

Una persona puede alquilar una camper por Internet, recogerla en otro país y encontrarse pocas horas después estacionada junto a nosotros sin haber utilizado anteriormente un vehículo de estas características y sin conocer suficientemente sus normas de uso.

Puede devolverla una semana después.

Pero durante esos días sus actos tienen consecuencias.

La autocaravana se devuelve; la imagen permanece.

Cuando un vecino observa varias autocaravanas o campers con vertidos de líquidos, mesas, sillas, toldos u otros elementos ocupando un aparcamiento público o un espacio natural, normalmente no distingue entre vehículos alquilados y particulares, ni entre españoles, portugueses, franceses o alemanes.

Es cierto que quienes se comportan así no son una mayoría, pero sí son los suficientes para que sus actos se hagan notar.

El vecino simplemente ve autocaravanas y campers.

Después llegan las fotografías a las redes sociales, las protestas vecinales y de determinados intereses turísticos, las noticias en los medios y, finalmente, algunos ayuntamientos encuentran argumentos para establecer restricciones, prohibiciones o intentar concentrarnos obligatoriamente en determinados espacios.

Por eso conviene recordar algo:

La autocaravana alquilada se devuelve al terminar las vacaciones; la imagen que dejamos permanece y nos afecta a todos.

Pero ¿toda la responsabilidad es del usuario?

Durante décadas la industria de las autocaravanas y campers ha vendido, con toda legitimidad, una palabra por encima de casi todas las demás:

libertad.

Solo hay que observar la publicidad.


Una autocaravana junto a un lago. Una camper frente al mar. Una familia alrededor de una mesa contemplando las montañas. El toldo desplegado, las sillas fuera y muy pocas personas alrededor.

Es una imagen preciosa y tremendamente eficaz comercialmente.

El cliente no compra solamente un vehículo.

Compra también esa imagen de libertad.

Y ahí aparece una contradicción.

Si mostramos al futuro usuario una familia desayunando delante de su autocaravana, con el toldo abierto, las mesas y las sillas junto a un maravilloso lago, ¿cómo le explicamos después que esa misma escena no puede reproducirla en cualquier lugar donde consiga estacionar?

Podrá hacerlo en un camping o en aquellos espacios donde estén permitidas las actividades exteriores, pero no necesariamente en un aparcamiento público o en un espacio natural.

Quien alquila por primera vez puede desconocer esa diferencia.

Quizá esté haciendo lo que le hemos enseñado.

Esto no justifica comportamientos incorrectos. Quien utiliza un vehículo tiene la responsabilidad de conocer y respetar las normas.

Pero también debemos preguntarnos hasta qué punto la propia industria ha contribuido a crear determinadas expectativas.

Si entregamos una camper equipada con toldo y ofrecemos mesa y sillas, esos elementos forman legítimamente parte de la experiencia.

El problema no es proporcionarlos.

El problema es no explicar suficientemente dónde y en qué condiciones pueden utilizarse.

La publicidad dice:

Libertad. Naturaleza. Improvisación. Detente y disfruta del viaje y del momento.

La realidad necesita añadir:

Sí, pero respetando el lugar, las normas y a quienes comparten ese espacio contigo.

Una conversación de hace muchos años.

Esta cuestión me recuerda una experiencia personal de cuando formaba parte de la PACA.

En aquellos años elaboramos un Decálogo del Buen Autocaravanista, un sencillo documento con normas básicas de comportamiento. Entre otras recomendaciones decía:

«En ciudades, aparcamientos y lugares no apropiados, abstenerse de ocupar el espacio exterior del vehículo con nuestros enseres y elementos de acampada.»

Y añadía:

«No saque sillas, mesas u otros elementos al exterior».

Aquel decálogo pertenece a otra época y algunas de sus recomendaciones necesitan actualizarse. Pero su filosofía continúa teniendo plena vigencia:

el comportamiento individual termina construyendo la imagen colectiva.

Recuerdo que en una conversación que mantuve entonces con José Manuel Jurado, presidente de ASEICAR, le propuse que las empresas vinculadas a la asociación —fabricantes, vendedores y empresas de alquiler— entregasen aquel decálogo con los vehículos.

Mi recuerdo es que la propuesta no despertó demasiado entusiasmo. El argumento que se me trasladó venía a ser que comercialmente se vendía una imagen de libertad y que acompañarla de un documento lleno de limitaciones podía resultar contradictorio con aquello que se pretendía vender.

Han pasado muchos años; aquellos eran otros tiempos y también ha evolucionado mucho el sector. Actualmente ASEICAR dispone y difunde materiales y recomendaciones sobre buenas prácticas y utilización responsable de los vehículos que comercializa y como asociación  representa.

Pero aquella conversación vuelve ahora a mi memoria porque el problema que entonces comenzábamos a intuir hace ya más de dos décadas ha adquirido una dimensión difícil de imaginar en aquellos años.

Cuando el éxito genera sus propios problemas.

Durante mucho tiempo reclamamos que nuestra forma de viajar fuese conocida, respetada y reconocida tanto por las instituciones como por la sociedad.

Y afortunadamente creció.

Pero más autocaravanas y campers significan también mayor presión sobre determinados lugares. Las aplicaciones y redes sociales pueden convertir rápidamente un pequeño aparcamiento desconocido en destino de decenas de vehículos, mientras el alquiler incorpora constantemente nuevos usuarios.

Un lugar que podía asumir perfectamente diez o veinte autocaravanas difícilmente puede soportar cincuenta.

Y aparece una paradoja:

el éxito de la libertad que hemos promocionado puede terminar provocando restricciones a esa misma libertad.

El 1 de octubre tenemos una oportunidad.

La entrada en vigor el próximo 1 de octubre de 2026 del nuevo artículo 92.4 del Reglamento General de Circulación nos proporciona una magnífica oportunidad para hacer pedagogía.

La reforma fue aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 26 de junio de 2026. Esta reforma deja atrás las hasta ahora aún vigentes instrucciones de la DGT, formando parte del RGC, reglamento que pende directamente de la ley de Seguridad Vial.

Por primera vez el Reglamento establece expresamente que el estacionamiento de autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda debe realizarse:

a) sin extender elementos que desborden el perímetro del vehículo;
b) descansando solamente sobre los neumáticos, con posibilidad de calzos o cuñas de seguridad;
c) sin verter fluidos procedentes del habitáculo.

El texto puede consultarse también en el Reglamento General de Circulación consolidado en el BOE.

Pero de poco servirá avanzar en seguridad jurídica si quienes utilizan estos vehículos desconocen las reglas más elementales.


Especialmente quienes alquilan por primera vez o llegan desde otros países.

Quizá haya llegado el momento de recuperar aquella vieja idea del decálogo, adaptada a 2026.

No hacen falta treinta páginas.

Puede bastar una hoja, un código QR y una información sencilla disponible en varios idiomas.

Decálogo del buen autocaravanista y usuario de camper — 2026.

No todos estos puntos constituyen obligaciones legales. Algunos proceden directamente de la normativa y otros son recomendaciones de convivencia y buenas prácticas.

1. Estaciona como un vehículo, no como si ocuparas una parcela.
Respeta las normas, la señalización, las plazas delimitadas y el espacio de los demás.

2. Estacionar, pernoctar y acampar no son lo mismo.
Permanecer, descansar o dormir dentro de una autocaravana correctamente estacionada no supone, por ese solo hecho, estar acampado.

3. En un estacionamiento ordinario, mantén la actividad dentro del perímetro del vehículo.
No despliegues toldos ni saques mesas, sillas u otros elementos al exterior donde estas actividades no estén permitidas. Utilízalos en campings o lugares donde puedan desarrollarse legalmente.

4. El vehículo debe descansar únicamente sobre sus neumáticos.
El artículo 92.4 permite calzos o cuñas de seguridad. No deben confundirse con las rampas utilizadas para subir las ruedas y nivelar el vehículo. Tampoco con patas, gatos o sistemas hidráulicos que hagan descansar o eleven el vehículo sobre otros apoyos.

5. Nunca realices vertidos fuera de los lugares habilitados.
Las aguas grises y negras deben evacuarse en instalaciones destinadas a ello. El artículo 92.4 prohíbe durante el estacionamiento verter fluidos procedentes del habitáculo.

6. Respeta el lugar y a quienes viven en él.
Evita ruidos, música, motores innecesariamente encendidos, generadores molestos y comportamientos que perturben el descanso o la convivencia.

7. No conviertas el espacio público en un lugar propio.
Práctica la rotación evitando estancias desproporcionadamente prolongadas cuando exista mucha demanda y nunca reserves espacios mediante sillas, mesas u otros objetos.

8. Cuida especialmente los espacios naturales.
Poder llegar con una autocaravana a un lugar no significa poder hacer allí cualquier cosa. Respeta siempre la señalización y la normativa específica o medioambiental.

9. Si alquilas una autocaravana o camper, infórmate antes de comenzar el viaje.
Las empresas deberían facilitar información básica y comprensible sobre estacionamiento, actividades exteriores, vertidos y convivencia, preferentemente en el idioma del usuario. Quien utiliza el vehículo también tiene la responsabilidad de conocer las normas.

10. Recuerda que tu comportamiento construye la imagen de todos.
Quien observa una autocaravana ocupando indebidamente un espacio normalmente no sabe si es alquilada o particular ni de qué país procede.

Ve una autocaravana.

Cada comportamiento individual contribuye a construir —o deteriorar— la imagen de todo el colectivo.

No se trata de vender menos libertad.

Todo lo contrario. Se trata de conservarla.

Una autocaravana nos permite viajar y disfrutar de una extraordinaria sensación de libertad, pero libertad no significa poder hacer cualquier cosa en cualquier lugar.

Podemos utilizar el toldo, sacar nuestras mesas y sillas y disfrutar de una comida al aire libre contemplando un paisaje maravilloso.

Lo importante es saber  elegir dónde podemos hacerlo.

La industria ha hecho un extraordinario trabajo vendiendo el sueño de viajar en libertad. Quizá ahora tenga también la responsabilidad de enseñar cómo utilizarla.

Porque, después de todo, la mejor manera de conservar nuestra libertad es evitar que nuestro comportamiento proporcione argumentos a quienes quieren limitarla.

Pedro Ansorena.

sábado, 15 de agosto de 2026

Cuando se juzga el vehículo antes que la conducta: el rechazo que denuncia David Cantero.

 

Dos épocas, dos formas de señalar un mismo vehículo. A la izquierda, una señal utilizada en Santander a comienzos de los años 2000, donde la autocaravana aparecía expresamente vinculada a la prohibición y a su retirada por la grúa. A la derecha, una señal actual. Más de veinte años después, sigue siendo necesario preguntarse si determinadas restricciones responden realmente a la conducta de quien utiliza el vehículo o, simplemente, al hecho de ser una autocaravana.

Una reflexión sobre cómo se construye la imagen social del autocaravanismo

Hay frases que resumen en pocas palabras problemas que llevamos años intentando explicar.

Hace unos días, el periodista David Cantero, conocido por su larga trayectoria profesional en televisión y también autocaravanista desde hace más de veinte años, expresaba públicamente su malestar por las dificultades que encuentra para viajar en autocaravana.

En una información publicada por Diez Minutos el 14 de agosto de 2026, Cantero hablaba del creciente rechazo que percibe hacia quienes hemos elegido esta forma de viajar.

Entrevista publicada en Diez Minutos

No habla alguien que acaba de descubrir el mundo de la autocaravana. Habla una persona que lleva más de veinte años recorriendo carreteras con su familia y que, por tanto, puede comparar cómo era viajar entonces y cómo es hacerlo ahora.

Pero al compartir la noticia en Facebook encontré entre los comentarios uno de Judith Guitarte que, en mi opinión, señalaba con enorme claridad el fondo del problema:

«El rechazo no suele venir por lo que haces, sino por lo que algunos creen que eres. Se juzga el vehículo antes que la conducta.»

Creo que ahí está buena parte de lo que nos está sucediendo.

¿Qué ha hecho esa autocaravana?

Cuando un vehículo obstaculiza el tráfico, estaciona incorrectamente, vierte residuos, genera ruidos o incumple cualquier otra norma, debe actuar la autoridad.

Exactamente igual que con cualquier otro ciudadano.

El problema comienza cuando dejamos de observar la conducta y empezamos a juzgar el vehículo.

Una autocaravana aparece estacionada y, antes de comprobar qué está haciendo, algunas personas ya consideran que existe un problema. Puede estar correctamente aparcada, sin mesas, sillas, toldos, ruidos ni ninguna otra conducta reprochable.

Pero es una autocaravana.

Y para algunos eso parece suficiente.

Lo vivo desde hace años prácticamente al lado de mi casa, en Santander. Una autocaravana estaciona en una calle y hay ciudadanos que llaman a la Policía Local convencidos de estar realizando una acción cívica al denunciar algo irregular.

Pero cabría hacer una pregunta muy sencilla:

¿Qué infracción ha cometido?

Quizá ninguna.

Su único problema puede ser que alguien considere que una autocaravana no debería estar allí.

¿Cómo hemos llegado hasta aquí?

Sería demasiado sencillo responsabilizar únicamente al ciudadano.

Las percepciones sociales se van construyendo durante años mediante experiencias, mensajes, noticias y también a través de las decisiones de las propias administraciones.

Santander constituye para mí un buen ejemplo porque lo tengo a la puerta de casa y llevo más de veinte años observando personalmente esa evolución.

A principios de los años 2000 podían encontrarse en diferentes calles y aparcamientos de la ciudad señales que prohibían expresamente el estacionamiento de autocaravanas.

Una de ellas estaba instalada en el aparcamiento del estadio del Sardinero.

Ver fotografía de la señal antigua del Sardinero

No había que interpretar nada. Debajo de la señal de prohibido estacionar aparecía claramente la palabra «Autocaravanas», acompañada de su correspondiente pictograma y la grúa municipal.

El mensaje para cualquier ciudadano era evidente:

las autocaravanas no deben estacionar aquí.

Con el paso de los años, aquellas señales —quizás porque su imagen hacía demasiado evidente a quién estaban señalando— fueron desapareciendo. Pero eso no significó necesariamente que desaparecieran las restricciones.

Cambió la forma de expresarlas.

De «prohibido autocaravanas» a «superior a 1,8 toneladas excepto turismos»

Aproximadamente desde la década de 2010 comenzó a extenderse en Santander otro modelo de señalización que todavía hoy puede verse en numerosos lugares:

«Prohibido estacionar vehículos superiores a 1,8 t, excepto turismos».

Ver fotografía de la señal de 1,8 toneladas

La palabra autocaravana había desaparecido. El efecto práctico, sin embargo, podía seguir siendo muy parecido: prácticamente cualquier autocaravana supera ampliamente las 1,8 toneladas.

Y entonces surge una pregunta que considero legítima:

¿Qué razón objetiva justifica limitar el estacionamiento a vehículos de 1,8 toneladas en lugares capaces de recibir vehículos considerablemente más pesados?

El aparcamiento del Sardinero resulta especialmente ilustrativo. Allí estacionan autobuses que transportan visitantes a la ciudad y cuyo peso es muy superior. En ese mismo entorno se celebran ferias y numerosos acontecimientos que requieren vehículos, instalaciones y estructuras de dimensiones y pesos considerablemente mayores.

Por eso merece la pena preguntarse si realmente cambió la política hacia las autocaravanas o si, en determinados lugares, cambió simplemente la forma de señalizarla.

Las señales también educan

Aquí llegamos a una cuestión que considero fundamental.

Una señal de tráfico no solamente regula. También transmite un mensaje.

Cuando durante años un ciudadano observa señales específicas contra las autocaravanas, gálibos que impiden su acceso, pictogramas que las relacionan con la acampada o restricciones que en la práctica dificultan su estacionamiento, acaba construyendo una determinada imagen de ese vehículo.

Ver ejemplo de señalización asociada a las autocaravanas

Autocaravana. Prohibición. Problema.

Tres conceptos que pueden terminar asociados.

¿Y después nos sorprende que alguien vea una autocaravana correctamente estacionada delante de su vivienda y llame a la Policía?

Quizá deberíamos preguntarnos también quién ha contribuido durante tantos años a construir esa percepción.

Las administraciones tienen una responsabilidad que va más allá de sancionar. También hacen pedagogía con sus decisiones.

Y cuando durante años se presenta directa o indirectamente a un determinado vehículo como un problema, no debería sorprendernos que una parte de la sociedad termine considerándolo como tal.

Sancionar conductas, no colectivos

Judith Guitarte lo expresaba también muy bien:

«En lugar de sancionar a quien ensucia, hace ruido o incumple la norma, con demasiada frecuencia se termina señalando a todo un colectivo responsable.»

Esa debería ser la clave.

No se trata de defender comportamientos incívicos. Quien incumple una norma, vierte residuos, ocupa espacios de manera abusiva o genera molestias debe responder individualmente por sus actos.

Pero su conducta no convierte en responsables a los miles de autocaravanistas que cumplen las normas.

Del mismo modo que nadie prohibiría estacionar a todos los turismos porque algunos conductores aparquen mal, tampoco parece razonable convertir el comportamiento incorrecto de algunos usuarios de autocaravanas en motivo para restringir indiscriminadamente a todos los demás.

La actuación administrativa debería dirigirse contra lo que hacemos, no contra el vehículo que utilizamos.

Cuando la excepción termina convirtiéndose en modelo

Durante años he observado este tipo de restricciones en Santander. Pero progresivamente he comenzado a encontrarlas también fuera de Cantabria.

Un ejemplo especialmente significativo lo encontramos en Llanes, Asturias, un municipio donde desde hace años las restricciones a las autocaravanas vienen siendo motivo de controversia. Allí también encontramos señalización específicamente dirigida a impedir o limitar su estacionamiento.

Ver fotografía de la señal de Llanes

No se trata solamente de una señal concreta o de un municipio determinado. Lo preocupante es comprobar cómo aparecen en distintos lugares limitaciones por tonelaje, altura o dimensiones, gálibos y otras fórmulas que, con distintas apariencias, producen efectos similares.

Cuando una fórmula restrictiva se normaliza y otros ayuntamientos comprueban que puede aplicarse sin demasiada oposición, existe el riesgo de que termine convirtiéndose en modelo.

Por eso esta cuestión ya no afecta solamente a Santander.

Una autocaravana no acampa por lo que es

Durante años hemos tenido que explicar una diferencia elemental:

estacionar no es lo mismo que acampar.

Una autocaravana correctamente estacionada no se convierte automáticamente en un elemento de acampada porque haya personas en su interior.

No acampa por ser autocaravana. En su caso, acampará por determinadas conductas externas que excedan del estacionamiento.

Y quizá haya llegado el momento de trasladar ese mismo principio a la percepción social:

una autocaravana tampoco debería considerarse problemática por lo que es, sino por lo que haga quien la utiliza.

El artículo 92.4: una oportunidad para cambiar la mirada

A partir del próximo 1 de octubre entrará en vigor el nuevo artículo 92.4 del Reglamento General de Circulación, que incorpora expresamente determinadas condiciones del estacionamiento de las autocaravanas y otros vehículos vivienda.

Más allá de su trascendencia jurídica, quizá deberíamos aprovechar este cambio también como una oportunidad pedagógica.

Una autocaravana que cumple las condiciones reglamentarias de estacionamiento debe ser contemplada, desde el punto de vista de la circulación, como lo que es:

un vehículo estacionado.

Después podrá haber conductas individuales correctas o incorrectas y sobre ellas habrá que actuar.

Pero no deberíamos presumir una conducta incorrecta simplemente porque delante tenemos una autocaravana.

David Cantero ha puesto voz a algo que muchos conocemos

Ahí reside también la importancia de que una persona con la visibilidad pública de David Cantero cuente lo que está viviendo.

Quienes llevamos muchos años viajando en autocaravana conocemos esa sensación, pero normalmente hablamos entre nosotros. Nuestros artículos, reivindicaciones y debates circulan principalmente dentro del propio mundo autocaravanista.

Cuando alguien conocido por millones de ciudadanos explica públicamente que después de más de veinte años viajando en autocaravana percibe cada vez mayores dificultades y rechazo, el mensaje sale de nuestro pequeño círculo.

Y eso también es pedagogía.

No se trata de pedir privilegios ni de justificar comportamientos incorrectos. Tampoco de pedir que todo esté permitido.

Se trata de algo mucho más sencillo:

que se juzguen comportamientos y no estereotipos.

Porque el respeto, como escribía Judith Guitarte, no depende del vehículo que utilizamos, sino de cómo nos comportamos.

Pero esa pedagogía no corresponde únicamente a quienes viajamos en autocaravana. También corresponde a quienes informan, regulan, sancionan y colocan las señales.

Porque todos contribuimos, de una manera u otra, a construir la imagen que la sociedad termina teniendo de los demás.

Y quizá haya llegado el momento de dejar de preguntarnos qué vehículo tenemos delante y empezar a preguntarnos algo mucho más sencillo:

¿Qué está haciendo realmente la persona que lo utiliza?

Pedro Ansorena.