Cuando parecía que el decreto cántabro había entendido los límites competenciales entre turismo y tráfico, una moción parlamentaria vuelve a situar el debate en el punto de partida.
Hace apenas unos días analizábamos en este blog la aprobación del nuevo decreto de turismo de Cantabria sobre áreas de autocaravanas.
El decreto de turismo de Cantabria y el futuro modelo del autocaravanismo
Tras la lectura del texto publicado en el BOC, una de las conclusiones que parecían desprenderse con claridad era que el Gobierno de Cantabria había entendido algo que durante años ha sido objeto de controversia: la diferencia entre regular la actividad turística y regular la circulación y el estacionamiento de vehículos.
El decreto podía gustar más o menos.
Podía compartirse o no su apuesta por las áreas de autocaravanas.
Podía discutirse incluso el modelo territorial y turístico que parecía impulsar.
Pero existía un aspecto relevante: evitaba entrar frontalmente en competencias que corresponden al Estado.
En otras palabras, regulaba la actividad turística y las infraestructuras de acogida, pero no pretendía redefinir la autocaravana como vehículo ni alterar las condiciones generales de estacionamiento reguladas por la normativa estatal.
Sin embargo, apenas unos días después de la publicación del decreto, una moción aprobada en el Parlamento de Cantabria vuelve a abrir un debate que parecía razonablemente encauzado.
Frente común en el Parlamento contra la masificación de autocaravanas en Cantabria
¿Estamos asistiendo a un nuevo intento de trasladar al ámbito turístico cuestiones que pertenecen al ámbito de la movilidad?
La iniciativa plantea la necesidad de actuar frente a la denominada “pernocta indiscriminada” de autocaravanas.
Y es precisamente ahí donde vuelve a surgir una pregunta fundamental:
¿Qué puede regular realmente una comunidad autónoma en materia de pernocta de autocaravanas sin invadir competencias estatales?
La iniciativa parlamentaria reabre un debate que parecía jurídicamente aclarado: dónde terminan las competencias turísticas y dónde comienzan las competencias estatales sobre circulación y estacionamiento.
La cuestión no es menor.
Porque cuando una autocaravana está correctamente estacionada conforme a las normas generales de tráfico y seguridad vial, la normativa estatal y las sucesivas instrucciones emitidas por la DGT han venido dejando claro que la permanencia o descanso de personas en su interior no altera por sí misma la condición de estacionamiento.
Porque para definir esta situación y llegar a esta conclusión se han necesitado más de veinte años de trabajo, con la presentación a debate de hasta cinco iniciativas parlamentarias en las Cortes Generales, todas aprobadas por asentimiento general, la creación de un grupo de trabajo en la DGT y la emisión por parte de este órgano ejecutivo del Estado de tres instrucciones de tráfico.
Por ello:
- si el problema es la acampada,
- la ocupación indebida del espacio público,
- los vertidos o determinadas conductas concretas,
- las administraciones disponen de instrumentos legales para actuar.
Pero si se pretende actuar sobre el simple hecho de dormir o descansar dentro de un vehículo correctamente estacionado, el debate deja de ser turístico para entrar directamente en el terreno de las competencias estatales sobre circulación y tráfico.
El verdadero conflicto no es la pernocta
El verdadero conflicto no es la pernocta, sino la frontera entre las competencias turísticas y las competencias de tráfico.
Y ahí aparecen las dudas.
Porque resulta difícil entender que un Gobierno autonómico, después de estudiar jurídicamente todo esto, reconozca en un decreto los límites competenciales existentes y, pocas semanas después, el Parlamento impulse una iniciativa que parece dirigirse hacia un terreno competencial que el propio decreto había evitado.
Quizás la explicación no se encuentre únicamente en el ámbito jurídico.
Tal vez estemos asistiendo a la reaparición de un fenómeno que los autocaravanistas conocemos bien desde hace años.
Cada vez que el crecimiento del turismo itinerante genera tensiones territoriales, económicas o sociales, reaparece la tentación de buscar soluciones rápidas mediante restricciones dirigidas a las autocaravanas.
Y junto a esa tentación suelen aparecer también intereses diversos:
- algunos relacionados con la gestión turística,
- otros con la presión urbanística,
- otros con la convivencia vecinal,
- y otros, no conviene olvidarlo, vinculados a sectores económicos que desde hace años observan el crecimiento del autocaravanismo como una competencia directa.
Por eso quizás el verdadero debate no sea la pernocta.
Ni siquiera las áreas de autocaravanas.
El verdadero debate consiste en determinar quién tiene competencias para regular cada aspecto de la actividad y hasta dónde puede llegar cada administración.
Porque cuando las competencias dejan de estar claras, el riesgo es que las soluciones propuestas terminen generando más conflictos de los que pretenden resolver.
Y precisamente por eso resulta tan importante seguir distinguiendo entre:
- la autocaravana como vehículo,
- la actividad turística que genera,
- la acampada,
- el estacionamiento,
- y el descanso legítimo de sus ocupantes.
Una diferencia que parecía haber sido asumida por el reciente decreto cántabro y que ahora vuelve a situarse en el centro del debate.
Quizás una vez más la cuestión no sea si las autocaravanas tienen demasiados derechos.
Quizás la verdadera cuestión sea si algunas administraciones están intentando ejercer competencias que no les corresponden.
La experiencia acumulada durante más de dos décadas demuestra que cuando se confunden las competencias, los conflictos se multiplican.
Y precisamente por eso conviene reflexionar si la solución pasa por crear nuevas restricciones o por aplicar correctamente las normas que ya existen.
Porque ahí, precisamente, es donde en vez de buscar una solución acorde con la realidad, se puede generar o provocar un conflicto permanente.
Pedro Ansorena.

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