jueves, 12 de enero de 2023

Por enésima vez, opinión sobre la validez o no, de la instrucción de tráfico 08/V-74.

 Desde hace ya mucho tiempo que en este blog y en otras publicaciones, vengo manteniendo o defendiendo ( entre otras cosas, porque después de haber trabajado durante un año en el Gt 53 con los responsables de normativa y recursos de la DGT, y otros estamentos, algo habré aprendido o algunos conocimientos habré adquirido sobre estos asuntos ) la opinión de que la citada instrucción directamente y en sí misma no es de obligado cumplimiento o no tiene rango de ley. 

Sin embargo, sí lo es y al igual que otras instrucciones emitidas en el panorama legislativo o ejecutivo de nuestro pais, como documento interpretativo de nuestra legislación por parte del órgano competente para hacerlo como lo es,  el equipo responsable de normativa y recursos de la DGT y el Ministerio del interior.

Pero lo cierto es que, en vista de  la realidad y la experiencia, éstas me indican que los que menos se lo creen o menos aprecian el citado, precisamente son aquellos a los que el documento de la instrucción y la interpretación que hace éste del propio RGC, trata de proteger, o lo que es lo mismo, la gran mayoría de  los autocaravanistas o de los grupos de representación de estos y los que nos dicen por ahí que estan intentando trabajar por ellos. 

Con el paso del tiempo y por lo que percibo por ahí,  he llegado a la conclusión de que aquí y en esto, lo que más cala o deja huella, no es en realidad lo más serio.  Lo que tristemente se toma en cuenta y en definitiva se cree más, es en el compadreo, las filias, las fobias o el postureo mediático que se ejerce a diario en las redes sociales.

El problema que yo veo, es que muy pocos o ninguno, tienen en la cabeza un proyecto nacional y europeo para todos. La mayoría están sumidos y cegados en proyectos territoriales, en mi opinión, aunque también importantes o a tener en cuenta, de corto alcance. Proyectos  que debido a ellos, quizá sea lo que les ciega y no les hace ver una realidad que tienen ante sus ojos y no se dan cuenta.

Me explico:

Desde hace tiempo que en diversas publicaciones ( publicaciones que la mayoría de autocaravanistas, aunque las leen, no hacen ni puñetero caso y por lo visto tampoco sus representantes  toman en cuenta) vengo manteniendo que los ayuntamientos ni sus administradores públicos,  pueden hacer lo que les viene en gana. Al igual que el resto de ciudadanos (ellos por su responsabilidad pública en mayor medida) están obligados a cumplir y respetar la Constitución y fruto de esta, las leyes de rango superior o leyes del Estado. 

Entre estas leyes se encuentra la ley de Seguridad Vial, su Reglamento General de Circulación de Vehículos a Motor y por supuesto la interpretación de estas que hace la poco valorada instrucción de tráfico 08/V-74.

Por lo tanto un ayuntamiento o una administración local, en materia de circulación o estacionamiento de vehículos en el ámbito urbano de sus competencias, sin saltarse la ley, no puede promulgar ordenanzas restrictivas a ningún vehiculo SI NO LO JUSTIFICA. Por muchas competencias que estos dispongan, estan siempre sujetos a los preceptos que les obligan las leyes de rango superior o leyes del Estado. ¿Por qué no lo cumplen? Entre otras cosas porque no les da la gana y porque nadie o muy pocos se lo exigen por la vía que hay que hacerlo y les obligan.

Aunque soy consciente que a la mayoría de los autocaravanistas les va más el postureo y estás cosas  no les interesan, a continuación os muestro algunos enlaces con algunas publicaciones hechas desde hace tiempo en este blog, que mantienen lo que hoy público aquí, pero que sin embargo y a pesar del tiempo, ni los autocaravanistas ni su representantes han tomado en cuenta ni hecho ni puñetero caso. En fin...... Allá ellos, quizás el tiempo, a unos y a otros,  les irá "abriendo las persianas" para ver la realidad de lo que comento y otras cosas más. Saludos.

https://cosasdelautocaravanismo.blogspot.com/2022/11/opinion-sobre-la-limitacion-de.html?m=1

https://cosasdelautocaravanismo.blogspot.com/2022/05/comentarios-sobre-la-instalacion-de.html?m=1

https://cosasdelautocaravanismo.blogspot.com/2022/10/reflexiones-desde-la-distancia-que-te.html?m=1




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