lunes, 30 de enero de 2023

Entrevista al Senador italiano Franco Fausti, padre de la ley nº 336/1991 , autocaravanas.

Aunque el documento data del  8 de Mayo de 1997, para quienes les interese el pequeño mundo de la reivindicación autocaravanista, creo que merece la pena la lectura de la traducción al español de la  entrevista ( incluyendo al final de la publicación de ésta, los 9 artículos que contiene la citada ley, también traducidos al español) que le hace la revista italiana del grupo Portolano "InCAMPER" al Senador Franco Fausti, padre de la ley nº 336/1991. Autocaravanas. Hasta este momento, la única ley específica para la regulación de la actividad autocaravanista, promovida y aprobada en un país europeo.

Tuve el honor de conocer en persona al Senador Fausti, durante mi participación en el Congreso de Roma Plein Air y la verdad que el destacado político italiano me impresiono, sobre todo el conocimiento que mostraba de la realidad del autocaravanismo, con respecto a sus necesidades y problemas.

Personalmente en su día, en la lectura de lo que trasmite un documento, a mi modo de ver, tan valioso como éste y otros de la reivindicación autocaravanista italiana, me hicieron ver o comprender las cosas muy diferentes a como entonces las veía o pensaba , modificando con su lectura algunas de mis ideas o puntos de vista sobre el asunto y aprendiendo mucho de los italianos. 

Debemos de tener presente y en cuenta que en mi opinión, los transalpinos, un país que nos lleva en esta materia más de 30 años de ventaja, la lectura sosegada y meditada de su andadura o camino, puede ser de una gran ayuda u orientación para aquellos activistas españoles de la reivindicación autocaravanista.

En la lectura y análisis de la entrevista al Senador italiano nos trasmite, entre otras cosas, al igual que está pasando aquí en nuestro país casi 30 años más tarde, con la instrucción 08/V-74, los autocaravanistas italianos ( que nos dan "sopas con honda" en la materia") en la década de los años 90 del pasado siglo, a pesar de la entrada en vigor de la citada ley,  el artículo 185 del su RGC. y la emisión de las distintas instrucciones ITCs, por actuación discriminatoria de algunos alcaldes antiautocaravanas o sus policías locales, que por lo visto´por sus actuaciones parece que no están al servicio de la ley y si están  a su único y exclusivo servicio,  no respetando la legislación de ámbito superior. Los autocaravanistas italianos también tenían, (hoy aún tienen) problemas a la hora de utilizar las autocaravanas.

Al mismo tiempo Fausti, nos deja en la entrevista un pensamiento integro de legislador con, entre otras, frases como estas:

"Lo consideré una llegada ya que, como legislador, confiaba que fuese de interés para los Administradores Públicos evitar absurdos y costosos contenciosos y que fuese de provecho para los Distribuidores de Carburantes y de los campings instalar una simple infraestructura que habría de reportarles nuevos clientes".

"El espíritu de la ley y las nuevas prohibiciones de aparcamiento para las autocaravanas. Es necesario recordar que el legislador, con su “interpretación auténtica” supera y anula la lectura de la magistratura, quedando la prevalencia de la “legislación” sobre la “interpretación” del juez ordinario".

También y si nos fijamos bien, en el texto de nuestra instrucción de tráfico 087V-74 promulgada en el año 2008,  podremos comprobar que éste contiene ideas e incluso frases enteras del texto de los italianos, especialmente del articulado de la ley Fausti y del 185 del reglamento italiano ¿Por qué será?.

En el enlace siguiente podéis leer la entrevista completa, así como los 9 artículos que contiene la ley Fausti, traducido al español.

Saludos.

https://drive.google.com/file/d/1aUE7dHSEEkSYBsfHtxChIrQ3NtrO16QZ/view?usp=drivesdk



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