domingo, 19 de diciembre de 2021

Aprobación del ayuntamiento tinerfeño de San Miguel de Abona de la ordenanza que regula la circulación y el estacionamiento de las autocaravanas.

Bien por el Ayuntamiento tinerfeño de San Miguel de Abona. Al parecer a esta entidad local SÍ LE SIRVE para aprobar la Ordenanza municipal de movilidad de las autocaravanas, la tan denostada y poco apreciada, por algunos, la Instrucción de Tráfico 08/V-74 y las propuestas de actuación recomendadas y publicadas en el Manual de Movilidad en Autocaravana por la Dirección General de Trafico, incluso plasmando en la exposición de de motivos de la ordenanza, textos íntegros que contienen los documentos nombrados .

En mi opinión y la de algunas personas más fundamentadas que yo en legislación, el hecho de que un documento como la citada instrucción de tráfico, no se respete, en ningún momento inválida el mismo. Quizás lo que se debe de hacer es tener la voluntad de utilizarlo o saberlo utilizar, como nos ha demostrado con la aprobación de la Ordenanza el Ayuntamiento anteriormente nombrado.

La aprobación de esta ordenanza municipal, a mi modo de ver, va mucho mas allá de lo que a simple vista parece, significa un  precedente y un habito mas entre la población y a tener en cuenta por algunos  ayuntamientos, que a la hora de regular en sus ámbitos competenciales la circulación de las autocaravanas, en muchos casos no saben como hacerlo. Pues bien, si estos tienen voluntad o duda , es tan sencillo como seguir  los pasos del ayuntamiento de San Miguel de Abona, que en la aprobación de la citada ordenanza, ha encontrado las herramientas o los mecanismos legales para poder hacerlo, dando solución y al igual que al resto de vehículos, con sus derechos y obligaciones, a las demandas y necesidades de los autocaravanistas.

Mi agradecimiento y enhorabuena al Ayuntamiento y los autocaravanistas que han solicitado y colaborado con éste (en especial a la asociación tinerfeña de autocaravanas A.C.A.T) para que esta gestión llegue a buen puerto. 

Ver texto de la ordenanza en el siguiente enlace.

https://sede.sanmigueldeabona.es/publico/ordenanza/OG27

Pedro Ansorena.

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