A medida que el autocaravanismo se consolida como una forma de viajar , trabajando para tratar de implementarse en una sociedad a veces muy reticente o desconfiada con algunas de las nuevas formas de entender la vida que aparecen.
Quizás por ello y entre otras cosas, también crecen las dificultades a las que se enfrenta, especialmente en el ámbito municipal o núcleos urbanos . Por ello las ordenanzas de movilidad aprobadas por algunos ayuntamientos siguen imponiendo restricciones arbitrarias al aparcamiento o circulación de autocaravanas, sin base jurídica suficiente ni justificación técnica. Frente a ello, algunas asociaciones autocaravanistas están tratado de desarrollar una labor tan loable como arriesgada pero siempre de agradecer, comenzado a explorar una vía hasta ahora poco transitada: la judicial.
✅La vía judicial: un camino necesario… pero no exento de riesgos:
En los últimos años, diferentes colectivos han optado por impugnar ordenanzas municipales restrictivas mediante recursos contencioso-administrativos. Algunas sentencias han dado la razón a los autocaravanistas. Entre otras, un ejemplo destacable es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anuló la ordenanza de un ayuntamiento por vulnerar el principio de igualdad entre vehículos. En cambio, otros casos han supuesto reveses importantes, como la sentencia del Tribunal Supremo sobre la ordenanza de Vélez-Málaga, que terminó avalando la legalidad de unas restricciones injustificadas.
La experiencia demuestra que esta vía, aunque legítima, ya que el poder judicial es uno de los poderes por los que se rige nuestro estado constitucional, implica importantes riesgos.
Por otra parte, las asociaciones carecen, por lo general, de recursos económicos para contratar gabinetes jurídicos especializados ya que el asociacionismo solo representa a un escaso 10% del censo de autocaravanas y Camper homologados en España .Con los ingresos que disponen de las cuotas de sus asociados, a lo sumo pueden sufragar la defensa en tribunales ordinarios, pero si el caso escala a tribunales superiores —donde los ayuntamientos acuden con equipos jurídicos bien dotados— las probabilidades de éxito disminuyen drásticamente.
✅¿Qué está en juego?:
Una sentencia contraria del Tribunal Supremo no solo resuelve un caso concreto, sino que sienta jurisprudencia, es decir, crea un precedente legal que los jueces pueden aplicar en casos similares futuros. Por eso, una mala estrategia o una defensa débil puede convertirse en una losa jurídica para el colectivo en su conjunto.
Esto obliga a una reflexión serena sobre cómo y cuándo acudir a los tribunales. La vía judicial debe ir acompañada de asesoramiento sólido y una visión estratégica que combine lo jurídico con lo institucional y lo social. También es crucial documentar adecuadamente los casos, reunir pruebas y recurrir solo cuando haya base sólida para ello.
La DGT y la impotencia administrativa:
En muchas ocasiones, los propios responsables de la Dirección General de Tráfico (DGT), ante la reclamación a esta entidad del estado, por no ser respetadas instrucciones como la anterior 08/V-74. o la proliferacion de señales injustificadas o la instalación de gálibos disuasorios sin justificación técnica, han manifestado su impotencia. Ante ello, la respuesta oficial es clara:
✅"Recurran ustedes por vía judicial".
Esta posición, aunque comprensible desde un punto de vista competencial, deja al ciudadano solo frente a administraciones poderosas.
✅ ¿Y ahora qué?:
Lo deseable sería que el desarrollo normativo estatal y autonómico ofreciera herramientas más claras para garantizar los derechos del colectivo autocaravanista. Nosotros ya hemos desarrollado nuestra labor en el poder legislativo con la aprobación de hasta cuatro iniciativas parlamentarias que reconocen y aprueban nuestra actividad.
Mientras tanto el poder ejecutivo nos deja en el limbo de tener que recurrir la vía judicial, que es una opción válida, pero no debe abordarse de forma improvisada. Cada paso debe ser medido y respaldado por una estrategia colectiva, realista y rigurosa.
✅Enlace útil:
Puedes consultar el bloque documental sobre sentencias y defensa jurídica aquí: 👉
"https://cosasdelautocaravanismo.blogspot.com/p/documentos-y-normativa-del.html#jurisprudencia"
Este artículo es una invitación a la reflexión. No se trata de frenar el activismo jurídico, sino de impulsarlo con cabeza, con profesionalidad y con vocación de servicio al conjunto del colectivo. La experiencia nos enseña que solo desde el conocimiento, la coordinación y la prudencia podemos avanzar sin retroceder.
Nota:
Para aquellos que "por línea de baja" me envían comentarios o críticas (aunque no entiendo muy bien por qué no se identifican, ya que de las críticas hechas con respeto y buena intención, siempre se aprende algo) aclarar que cuando público algo en el blog que trata y opina sobre legislación o el aspecto jurídico, al no ser un experto o conocedor de la materia, estos artículos son revisados con la ayuda de un licenciado en derecho administrativo, que altruista y generosamente me ayuda, corrigiendo o aportando algunas cosas. Por mi parte me limitó a tratar de aportar la experiencia de 25 años como autocaravanista implicado en la reivindicación de esta actividad que nos apasiona.
Pedro Ansorena Antón.