Sin duda, uno de los temas que en los últimos tiempos se ha comentado y ha generado mayor controversia sobre la actividad autocaravanista ha sido el alcance o la validez o no de la promulgada en su día por la DGT, la instrucción de tráfico 08/V-74.
La mayoría de los autocaravanistas que nos movemos en la denominada red de redes, hemos opinado sobre el citado documento, unos hemos manifestado una cosa y otros otra e incluso, algunos de los más atrevidos han manifestado abiertamente que la 08/V-74, no servía para nada o que es un papel mojado.
En fin para gustos los colores, pero lo cierto, es que nos guste o no el citado documento es el de mayor entidad que hasta el momento los autocaravanistas disponemos y en el que se aclara por el órgano competente, que es lo que se puede hacer en materia de tráfico con una autocaravana o no se puede hacer.
El caso es que cada vez son más los usuarios de autocaravana que están utilizando el documento, incluso por sus más acérrimos e incomprensibles detractores, ante las distintas administraciones, como argumento y defensa de lo que creo firmemente que son nuestros legítimos intereses, entre ellos una persona que lleva largo tiempo trabajando e incluso colaborando con la DGT como el popular ex piloto de rallyes Paco Costas, que en su blog nos muestra un video con unos comentarios de lo que en su opinión, nos aconseja debemos de hacer los autocaravanistas en el caso que nos veamos acosados por un agente de trafico que, por el motivo que sea, no está dispuesto a respetar la 08/V-74.
En fin para gustos los colores, pero lo cierto, es que nos guste o no el citado documento es el de mayor entidad que hasta el momento los autocaravanistas disponemos y en el que se aclara por el órgano competente, que es lo que se puede hacer en materia de tráfico con una autocaravana o no se puede hacer.
El caso es que cada vez son más los usuarios de autocaravana que están utilizando el documento, incluso por sus más acérrimos e incomprensibles detractores, ante las distintas administraciones, como argumento y defensa de lo que creo firmemente que son nuestros legítimos intereses, entre ellos una persona que lleva largo tiempo trabajando e incluso colaborando con la DGT como el popular ex piloto de rallyes Paco Costas, que en su blog nos muestra un video con unos comentarios de lo que en su opinión, nos aconseja debemos de hacer los autocaravanistas en el caso que nos veamos acosados por un agente de trafico que, por el motivo que sea, no está dispuesto a respetar la 08/V-74.
http://www.pacocostas.com/motor/blog/opinion/los-video-blogs-de-paco-costas-la-autocaravana
La opinión o el consejo que nos da Paco Costas, no es nada nuevo, hace ya algún tiempo y recién aparecida la citada instrucción, un compañero autocaravanista, Pablo Higuera "El Marqués", con capacidad y formación más que suficiente para interpretar un documento de ese tipo, Ya nos adelantaba y nos trasmitía lo que hoy nos dice Paco Costas, sobre lo que significa la instrucción de tráfico 08/V-74.
Claro, que por aquel entonces algunos de los llamados así mismos "defensores del autocaravanismo" se pitorrearon y se mofaron despiadadamente de lo que nuestro compañero autocaravanista opinaba y nos trasmitía, poniendo en duda la capacidad y profesionalidad de esta persona para emitir un análisis resumido de lo que el citado documento significa para los autocaravanistas. No hay duda que en algunas ocasiones el tiempo es un fiel justiciero y hoy después de algunos años, una persona de tanto prestigio y con demostrada experiencia en estos asuntos como Paco Costas corrobora lo que en su día ya nos trasmitía nuestro compañero y nos aconseja que es lo que debemos de hacer en caso necesario.
Pedro Ansorena.
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