sábado, 14 de febrero de 2026

✅ Italia y el artículo 185 de su Código de Circulación: una lección de proceso.

Cuando en España hablamos de regulación de autocaravanas solemos mirar preferentemente a Francia, también a Alemania o a Portugal. Sin embargo, si existe un país europeo cuya estructura institucional se parece especialmente a la nuestra, ese es Italia.


No hablo desde el desconocimiento. Desde hace muchos años me he interesado por el autocaravanismo italiano y he mantenido contacto con compañeros y asociaciones de aquel país. Incluso, durante mi etapa de trabajo junto con la senadora Ana María Chacón en la moción autocaravanista del Senado, invitado por los italianos, presenté una ponencia en la Semana Europea de la Movilidad en Roma.

https://cosasdelautocaravanismo.blogspot.com/2010/04/participacion-en-la-convencion-de-roma.html

Italia es un Estado unitario descentralizado, con regiones con competencias relevantes, fuerte peso municipal y una convivencia permanente entre normas estatales y ordenanzas locales. En ese contexto, el fenómeno autocaravanista no fue sencillo de encajar. Como aquí.

Por eso conviene preguntarse:

¿Cómo llegaron los camperistas italianos a disponer de un artículo ( único artículo del Código de Circulación de un país europeo que regule a las autocaravanas) específico en su Código de Circulación, el conocido artículo 185? ¿Cuál fue su recorrido?

La respuesta no está en una solución rápida ni en una reforma aislada. Está en un proceso.

  Primera etapa: el conflicto práctico.

A finales de los años ochenta y comienzos de los noventa, Italia vivía una situación muy similar a la que los autocaravanistas conocemos bien en España: crecimiento del fenómeno, rechazo social en determinados ámbitos, sanciones municipales, confusión entre estacionamiento y acampada y ausencia de criterios homogéneos.

El problema no era ideológico. Era interpretativo.

Las asociaciones camperistas comenzaron entonces a trabajar en dos planos: organización sectorial y propuesta legislativa concreta.

Segunda etapa: la Ley 336/1991 (conocida como Ley Fausti).

En 1991, promovida por la asociación nacional Coordinamento Camperisti y su presidente Andrea Bernardini, se aprobó la Ley 336, impulsada por el senador Franco Fausti.

Esta ley intentaba dar respuesta al fenómeno autocaravanista. Regulaba aspectos relacionados con la circulación y también cuestiones de infraestructuras y servicios higiénicos.

Es importante subrayarlo: como ocurre en muchos procesos legislativos iniciales, la ley no se limitaba exclusivamente al vehículo. Mezclaba circulación y actividad.

Su aprobación no resolvió todos los problemas, pero sentó una base jurídica y reconoció la especificidad del vehículo vivienda. Fue un primer paso.

  Tercera etapa: el Nuevo Codice della Strada (1992).

En 1992 Italia aprueba un nuevo Código de Circulación completo. Y aquí se produce el momento clave.

Aprovechando la reforma integral del Código, el legislador incorpora dentro del propio texto un artículo específico —el actual artículo 185— que regula la circulación y la sosta (estacionamiento) de las autocaravanas.

Ese artículo consolida doctrinalmente algo fundamental:

La sosta no es campeggio.

Mientras el vehículo permanezca apoyado sobre sus ruedas, no despliegue elementos exteriores ni vierta fluidos, está estacionado. No está acampado. Una doctrina que, por cierto, hoy también encontramos en nuestras Instrucciones 08/V-74 y PROT 2023/14.

Desde ese momento, el debate dejó de ser interpretativo y pasó a ser normativo. Y eso cambia mucho.

  Lo que enseña el proceso italiano.

Italia no resolvió su situación en una sola fase. Hubo:

  • Conflicto práctico.

  • Trabajo asociativo.

  • Primera norma específica.

  • Ventana legislativa amplia.

  • Consolidación definitiva en el Código.

  • El artículo 185 no nació de la nada. Fue el resultado de un recorrido.

  Y aquí aparece la lección más interesante:

Las normas no cambian únicamente por insistencia. Cambian cuando el encaje institucional y el momento legislativo coinciden.

Italia consolidó su regulación cuando se abrió la ventana de una reforma integral del Código. No antes.

¿Es Italia un modelo perfecto?

No.

Siguen existiendo conflictos municipales y tensiones territoriales. Pero el marco jurídico es más claro y está integrado en el propio Código de Circulación.

Eso aporta seguridad jurídica.

Y, sobre todo, coherencia competencial.

  Una reflexión para nosotros:

España llegó más tarde al fenómeno autocaravanista. Nuestro recorrido ha sido distinto. Pero si algo muestra el ejemplo italiano es que los avances estructurales requieren fases, maduración doctrinal y momento legislativo adecuado.

Quizá la clave no esté en acelerar reformas imposibles, sino en consolidar criterios claros allí donde sí existe competencia normativa directa.

El horizonte puede ser el mismo. Pero la forma de llegar hasta él requiere entender primero el camino que otros recorrieron antes.

Pedro Ansorena.

✅ Nueva estrategia.

Después de revisar y pensar con detenimiento las iniciativas parlamentarias aprobadas desde 2006 hasta hoy  en Las Cortes Generales, así como las Instrucciones emitidas por la DGT durante estos años, creo que ha llegado el momento de hacer una reflexión serena.




Desde entonces hasta ahora muchas
cosas han cambiado. También en el autocaravanismo. Y quizá haya llegado la hora de reflexionar y ajustar la estrategia.

Durante este tiempo hemos interpretado el estancamiento normativo como una falta de voluntad de desarrollo reglamentario por parte de organismos como la DGT, especialmente al comprobar que en las sucesivas reformas del Reglamento General de Circulación no se incorporaban algunas de las alegaciones presentadas en sus borradores por el colectivo.

Sin embargo, si analizamos con perspectiva las cuatro iniciativas parlamentarias aprobadas en las Cortes Generales a lo largo de estos veinte últimos años, quizá descubramos un matiz relevante: aquellas iniciativas no se centraban exclusivamente en el vehículo dentro del marco del Reglamento General de Circulación, sino que abordaban la “actividad autocaravanista” en un sentido amplio.

En sus textos se mezclan cuestiones de tráfico y circulación con aspectos turísticos, medioambientales, infraestructuras, coordinación con comunidades autónomas y competencias municipales. Se trataba, por tanto, de un mandato político transversal en el que confluyen diversas competencias.

La DGT, sin embargo, dentro del RGC tiene competencia directa sobre el vehículo y la circulación. No sobre la actividad turística ni sobre la ordenación territorial. Y tanto en la emisión de la Instrucción 08/V-74 como en la PROT 2023/14 ha sido constante en delimitar su actuación al plano estrictamente vehicular, dejando fuera conceptos de la actividad como acampada o pernocta etc, por exceder su ámbito competencial.

Esto nos conduce a una reflexión importante.

Tal vez no estemos ante un incumplimiento frontal del mandato parlamentario del órgano que regula y le compete la circulación y el estacionamiento de vehículos, sino ante un desajuste entre el alcance político de aquellas iniciativas y el ámbito competencial del órgano encargado de desarrollarlas.

Esa dispersión de planos puede haber sido la motivación de uno de los factores que han dificultado una modificación reglamentaria clara del RGC durante estos años.

Lejos de suponer un error, este análisis nos permite de cara al futuro comprender mejor el escenario actual y afinar el enfoque.

La lectura de nuestro pasado nos indica que si queremos influir en la DGT, el planteamiento debe centrarse exclusivamente en aquello que sí forma parte de su competencia: el vehículo, el estacionamiento, la igualdad de trato y la seguridad jurídica en la aplicación del Reglamento General de Circulación.

Separar con nitidez el plano del vehículo del plano de la actividad no significa renunciar a reivindicaciones legítimas. Significa fortalecer técnicamente nuestra posición y evitar que el debate vuelva a diluirse en ámbitos donde la DGT no puede actuar.

En este contexto, y siendo conscientes de que las reformas reglamentarias no son procesos inmediatos, quizá la estrategia más eficaz pase por reforzar doctrinalmente el tratamiento del estacionamiento como acto de circulación, consolidando criterios claros que puedan servir de base para futuras modificaciones normativas.

En definitiva, el mayor avance puede no ser una reforma inmediata, sino la comprensión precisa del encaje competencial del problema.

Y cuando se entiende bien el encaje, la estrategia deja de ser reactiva y pasa a ser inteligente. 

“Porque viajar es tambien saber cuándo hay que cambiar de rumbo".

Pedro Ansorena.

domingo, 1 de febrero de 2026

✅ Autocaravanas: Derechos de Movilidad, No Actividad Turística.

 ✅Consideración previa

Las personas usuarias de autocaravanas valoramos positivamente la elaboración de documentos técnicos por parte de las administraciones públicas orientados a mejorar la seguridad vial, la convivencia y la correcta gestión del espacio público.


Sin embargo y como demuestra  el texto del Diario de Sesiones de las 4 iniciativas parlamentarias, debatidas y aprobadas a lo largo de una veintena de años en las distintas cámaras y comisiones de Las Cortes Generales, uno de los lugares en donde reside el Poder Legislativo de nuestro país. A la hora de regular la actividad autocaravanista, principalmente desde las administraciones locales y sus  ordenanzas municipales de movilidad. La situación legal, parece que no se toma en cuenta y priman más otros  intereses.

✅Naturaleza jurídica de la autocaravana

Por encima de todo, se debe partir de que la autocaravana es un vehículo a motor, sujeto al régimen jurídico de la circulación, el estacionamiento y la seguridad vial, en condiciones de igualdad con el resto de vehículos. La actividad turística o económica, es una consecuencia del autocaravanismo, no una obligación que demostrar.

La existencia de elementos de habitabilidad en su interior no altera su naturaleza jurídica, ni permite asimilarla, por sí misma, a una actividad turística ni a un establecimiento de alojamiento.

Por todo ello, resulta esencial que la elaboración de cualquier documento técnico parta de esta premisa, a fin de evitar:

  • confusiones conceptuales,
  • interpretaciones extensivas de las competencias administrativas,
  • o situaciones de discriminación indirecta por razón del tipo de vehículo.

Estacionamiento, pernocta y acampada

La normativa estatal de tráfico, como la Instrucción de la DGT Prot 2023/14 y los criterios interpretativos consolidados, establecen de forma clara que:

  • el estacionamiento correcto de un vehículo no constituye acampada,
  • la pernocta en el interior del vehículo forma parte de su uso legítimo,
  • siempre que no exista ocupación del espacio exterior, vertido de fluidos ni generación de emisiones o molestias.

En consecuencia, el derecho a estacionar y pernoctar no puede supeditarse:

  • a la utilización de áreas específicas,
  • a cuestiones económicas como al consumo de servicios,
  • ni a consideraciones de carácter turístico o empresarial.

Cualquier planteamiento que vincule estos derechos a tales condicionantes resulta incompatible con el marco jurídico vigente.


✅Necesaria diferenciación entre movilidad y actividad turística

Se considera imprescindible mantener una separación clara entre dos ámbitos normativos distintos:

  • La circulación y el estacionamiento de las autocaravanas como vehículos, regulados por la normativa de tráfico y competencia estatal.
  • Las áreas de acogida y los servicios turísticos, que constituyen una actividad voluntaria, complementaria y diferenciada.

Las áreas de autocaravanas pueden ser una opción útil de ordenación, pero no pueden configurarse como requisito previo, ni como sustituto del estacionamiento ordinario en la vía pública.

La confusión entre ambos planos normativos puede dar lugar a restricciones que no encuentran amparo en la legislación vigente, ni en los principios de igualdad y proporcionalidad.


✅Regulación de conductas y no de tipologías de vehículo

Los posibles problemas de convivencia o de uso inadecuado del espacio público no derivan del tipo de vehículo, sino de conductas individuales concretas, ya previstas y sancionables por la normativa existente. Para ello, nuestros administradores públicos disponen de las suficientes herramientas legales para tratar de reprimir cualquier acto incívico, respetando el buen comportamiento y respeto del resto de los ciudadanos.

La actuación administrativa debe orientarse a:

  • la aplicación proporcionada de las normas generales,
  • y no a la adopción de ambiguas medidas preventivas o prohibitivas dirigidas de forma genérica a un colectivo determinado.

✅Límites competenciales de las administraciones locales

Las entidades locales disponen de competencias en materia de ordenación del tráfico y del estacionamiento, pero estas deben ejercerse:

  • dentro del marco de la normativa estatal,
  • respetando los principios de legalidad, proporcionalidad y no discriminación.

Resulta conveniente que los documentos técnicos elaborados o dirigidos a las, o por las administraciones locales refuercen expresamente estos límites, a fin de evitar interpretaciones que puedan derivar en prohibiciones generales o restricciones no suficientemente motivadas.


✅Consideración final

Las personas usuarias de autocaravanas consideramos esencial que, en el estudio y elaboración de cualquier proyecto encaminado a la regulación de la actividad autocaravanista:

  • no se consoliden enfoques que asocien el autocaravanismo exclusivamente a la actividad turística o económica,
  • no se legitimen restricciones indirectas al derecho a la movilidad,
  • y no se sirva de base para prácticas municipales abusivas y discriminatorias.

Con estas aportaciones se pretende contribuir a un marco de convivencia equilibrado, respetuoso con los derechos reconocidos y coherente con el ordenamiento jurídico vigente.

Confundir o desvirtuar estos principios no solo constituye un error, sino también una injusticia de carácter discriminatorio.

 ✍️ Pedro Ansorena Antón.

miércoles, 31 de diciembre de 2025

¡Año nuevo, vida nueva!

Cada vez que comienza un nuevo año, millones de personas de todos los rincones del mundo se proponen cambiar algo en su vida o en sus hábitos. 

Suena la última campanada y, casi atragantados con las uvas, se suceden las felicitaciones, los besos a la familia y los mensajes a los móviles de amigos y conocidos. Pero la mayoría también dedicamos unos minutos a pensar qué dejamos atrás y cómo será el año que nos espera.

Atrás quedan los buenos y los malos momentos, los excesos, los hábitos poco saludables y muchas reflexiones personales. En esta ocasión, algunos de los pensamientos que nos acompañan hacen que, para algunos, el año 2025  haya sido un año extraño.

Ha sido un año extraño, porque nuestros pensamientos también se dirigen a escenarios mucho más duros de lo habitual, como todo lo que se llevó por delante en nuestro país, en especial las vidas humanas, los desastres de la DANA o los terribles incendios. Destacando tambien los conflictos armados activos que actualmente hay en el mundo, como el que está ocurriendo en Ucrania o el tremendo genocidio de Gaza. Un genocidio injustificado, fruto de la sin razón, la ambicion desmedida y la falta de humanidad de algunas personas, ejecutado por el ejército israelí. Ejecutado ante los ojos de una sociedad que parece adormecida, inconsciente o pasiva ante esta masacre humana. Todo ello hace que, en medio de esta realidad, esta Navidad resulte especialmente extraña.

Aun así, situaciones como estas nos llevan a muchos a formular deseos para que comience un nuevo periodo en el que no ocurran más desgracias y de una vez por todas, cesen esas tremendas guerras. Sea como sea, deseamos un año repleto de buenos propósitos y, sobre todo, de buenas noticias.

En el año que dejamos atrás no todo han sido malas noticias. También ha habido algunas buenas que nos permiten mantener la esperanza en un futuro mejor. Destacar los importantes avances de la ciencia —nuestra gran esperanza de futuro— por encima incluso de la tecnología. Muy especialmente los avances en la ciencia médica, que, con una mayor disponibilidad de recursos, podrían llegar más lejos, evitando enfermedades, sufrimiento y salvar muchas vidas.

Al mismo tiempo, y aunque a algunos al parecer no les guste o no quieran verlo, esta España nuestra, en un contexto europeo complicado con ascenso de los extremismos negacionistas e intolerantes, está intentando dar pasos hacia una mejor convivencia, pasos que considero fundamentales para limar tensiones y asperezas, con la intención de caminar juntos hacia un Estado plurinacional que, en realidad, ya somos. La plurinacionalidad no es una concesión, sino una profundización democrática frente al proyecto centralizador y autoritario que nos propone el extremismo . Explicarla como garantía de convivencia, igualdad y estabilidad es clave para disputar el futuro político en España y en Europa.. Veremos en qué queda todo esto y si, a pesar de las dificultades, continuamos avanzando por ese camino. 

También en este año que dejamos atrás, el blog cosas del autocaravanismo ha superado el millón de páginas vistas lo cual como creador y responsable  me enorgullece de que el tiempo que le dedico le interesa a mucha gente y me hace muy feliz ¡ Gracias a todos!. 

Como autocaravanista, veo que el colectivo poco a poco continúa dando pasos adelante en el reconocimiento social e institucional que necesitamos y se merece, creando algunas infraestructuras necesarias y  el nacimiento de nuevos grupos de representación asociativa como el G3A, aunque personalmente echo en falta una federación que nos represente a todos a nivel nacional. Hagamos votos y esperemos que esté nuevo año el colectivo siga adelante y nos traiga la satisfacción de ver nacer una federación autocaravanista.

Por otra parte, entre los propósitos personales de futuro, algunos querrán cumplir algunos sueños, como dejar de fumar, otros bajar de peso, ahorrar dinero, hacer ese viaje soñado (si es posible, en autocaravana, je,je,je) o, sencillamente, disponer de la salud y la economía necesarias para seguir adelante de la mejor manera posible.

Estos entre otros, suelen ser algunos de los pensamientos, promesas y deseos que nos acompañan en los primeros minutos del nuevo año. Aunque, lamentablemente, la experiencia nos dice que una gran parte de los objetivos marcados para los siguientes doce meses se diluyen a los pocos días. Algunos, como la dieta, no llegan ni a Reyes, je,je,je. 

El no conseguir algunos o todos estos deseos puede deberse, en parte, a las prisas del mundo acelerado en el que vivimos. Parece que todo lo queremos para ayer, y eso, evidentemente, no es posible. Las cosas, al igual que los deseos, necesitan tiempo, implementación y madurez para poder consolidarse.

Senia y yo, en nuestra particular forma de ver la vida, cuando afrontamos el reto de un nuevo año tenemos un deseo prioritario: que termine el horror de las guerras y que la sociedad, en general, pueda disponer de paz, trabajo y salud. Para nosotros, eso es lo más importante y, desde nuestro retiro invernal en la isla canaria de Tenerife, os lo deseamos de corazón a todos vosotros, con un especial agradecimiento a los amigos y visitantes del blog por seguir ahí.

¡Feliz año 2026! 🤗🎆🥂

Pedro Ansorena.