martes, 4 de febrero de 2014

Modificación del Reglamento de Conductores. Nueva Instrucción 13 / C-112.

El pasado día 01.01.2014 entro en vigor la Orden INT/2229/2013, de 25 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento español las Directivas 2012/36/UE, de la Comisión, de 19 de noviembre de 2012, y 2013/47/UE, de la Comisión, de 2 de octubre de 2013 que modifican la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el permiso de conducción. 

Para su correcta  aplicación el Ministerio de Interior y la DGT han emitido la Instrucción 13 / C-112 en la que se aclaran y dan las instrucciones para la modificación del Reglamento de Conductores, siendo sobre nuevos códigos armonizados, la introducción de un nuevo permiso C1 y C1E limitado, y sobre la formación para obtener el permiso A.



Básicamente afecta a:

.  La introducción en el permiso de conducción de nuevos códigos armonizados. 

? La introducción de un permiso de la clase C1 y C1E, limitado a la conducción de vehículos para los que se requieren estas clases de permisos, donde el conductor no realiza esta tarea de manera profesional, por ejemplo, conducir una autocaravana. Este permiso limitado se identificara con el código armonizado 97.

. Para obtenerlo, deberán reunir los requisitos exigidos a los conductores del grupo II, realizarán las mismas pruebas establecidas para la obtención del C1 y C1E con la salvedad de quedar exentos de algunas materias en las pruebas teóricas específicas. A estos efectos, se han preparado cuestionarios especiales que están disponibles en las aplicaciones de gestión de exámenes por ordenador y gestión de cuestionarios, que irán identificados con los encabezados C1 97 y C1E 97. 

? Se introduce la conducción eficiente y económica para todos los permisos, excepto motocicletas. 

? Se introducen cambios en los vehículos a utilizar en las pruebas de control de aptitudes y comportamientos y se establecen los requisitos para las motocicletas eléctricas.  

Con esta nueva modificación del Reglamento General de Conductores, los conductores de los vehículos especificados, entre ellos las autocaravanas, que superen un peso de más de 3500 kg. podrán optar con mayor facilidad a la obtención del permiso correspondiente .


Pedro Ansorena.

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